Facturar sin alta en autónomo
Hola a todos. Tengo varias dudas, todas encaminadas a que los gastos sean los mínimos posibles. Actualmente trabajo por cuenta ajena pero voy a empezar a realizar trabajos por cuenta propia de manera puntual. He leído que al tener un sustento principal puedo no darme de alta en RETA, y sí facturar. Para facturar, ¿tengo que darme de alta en el censo tributario? Si posteriormente decido darme de alta en RETA, y haber pasado más de un mes desde el alta en Hacienda, ¿no tendría derecho a bonificación en la cuota y optar a la tarifa de 53,07 euros?. Respecto a la retención a practicar, ¿para que sea al 9%, el primer año y los dos siguientes, tendría que estar de alta en RETA?.
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Hola,
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Saludos!Respondido el 4 de febrero de 2014
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