BONIFICACIONES PARA AUTONOMOS EN PLURIACTIVIDAD

Buenas de nuevo
Sigo con mis dudas respecto a cuales son los requisitos para acogerse a las bonificaciones por pluiriactividad
Cuento mi caso por encima:
Trabajo por cuenta ajena desde hace 25 años y en enero del 2013 me di de alta como autónomo montando mi consulta
¿Puedo acogerme a dichas bonificaciones que vienen reflejadas en el articulo 28 de dicha ley? Lo digo por el hecho de estar de alta en régimen autónomo desde enero y la ley salio en septiembre
Independientemente de esto ¿tengo derecho a devolución por doble cotización, cuales son sus requisitos?
¡Ni los de la SS saben de que va todo esto, madre mia!

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