alquiler
Una conocida, tiene en propiedad una cafeteria/ crussanteria en la Puebla de Segur! Dicha cafeteria ahora mismo esta en funcionamiento ya que se la tiene arrendada a un tercero. Al finalizar el contrato de este, la dueña no va a prorrogarselo para que lo podamos cojer nosotros. Ahora bien, que es lo que deberia pagar?? Solo y unicamente la fianza y la mensualidad en curso o tambien deberia pagarlo un traspaso?? Esto es todo muy nuevo y no entiendo muy bien como he de hacerlo, ya que dicho pueblo esta bastante lejos de donde vivimos ahora y tendriamos que desplazarnos a vivir a este pueblo en concreto, supongo que previamente deberiamos ir varios dias para ver como y cuanto funciona el negocio. Gracias
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Pues habria que leer el contrato , pero yo soy el arrendatario y le pongo una denuncia al canto , no me quiero meter en temas de la ley de arrendamientos pero la cosa no es tan sencilla y aqui se va montar la gorda
Respondido el 25 de febrero de 2014
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el traspaso se paga solo al titular de la licencia de actividad, no al propietario de local. Solo puede pderid la fianza y alquiler, y tu tienes que negociar coin la persona o empresa al nombre de cual esta la licenica. Suerte. Kondes Gestion
Respondido el 26 de febrero de 2014
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Hola,
Opino lo mismo que mis compañeros, el traspaso tendrás que cerrarlo con el actual explotador de la actividad.
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Saludos!Respondido el 26 de febrero de 2014
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