Baja en Regimen RETA

Buenos dias,
Me gustaría saber si la tramitación de la baja en el RETA y en Hacienda, el cese de actividad, tiene efectos automáticos. Me han ofrecido un relación laboral como asalariada y la contratación comenzaría el 10 de marzo.Es necesario dejar pasar un periodo entre el baja de seguridad social como autónoma y el alta como asalariada? Y por ultimo, para presentar la declaración del modelo 303 correspondiente al primer trimestre de 2014, no tiene porque mantenerse el alta en el régimen? Gracias

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  • Buenos Días:
    Te pueden dar de Alta aun incluso estando en alta en el RETA.

    Y tienes la obligación de hacer el Modelo 303 1/T y en el mes de Enero 2015 el Modelo 390 Resumen Anual .

    Somos una Asesoria Online podemos hacer estos tramites de presentación de modelos por 25 Euros.

    Telefóno: 925181869
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    Respondido el

  • Buenos días,

    Es compatible el trabajo por cuenta propia y por cuenta ajena. Asimismo, la baja la puedes realizar a día de hoy y no pasa nada. Es efectivo a partir de hoy.

    El modelo 303 lo puedes hacer perfectamente el día 20 de abril del 2014. No debes de estar de alta para su presentación, al igual que los modelos anuales.

    Tu gestoría por tan solo 36,40 euros al mes ( Impuestos incluidos). 20 euros al mes, tarifa low cost. Para más información www.cavinetassessors.com

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