contrato de alquiler

Buenos dias, tengo un local alquilado dedicado a la hosteleria, soy la propiertaria y ya le di de baja al contrato, como le doy de baja al modelo 115¿? dice la ley algo referente sobre el minimo que me tiene que pagar el inquilino¿?

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  • Buenos días,

    El modelo 115 se da de baja con la presentación de un modelo 036/037 en Hacienda.

    La ley no dice un mínimo de cantidad de pago al inquilino como cuota mensual. Esto seria un pacto entre el arrendador y arrendatario que debe estar estipulado en un contrato de arrendamiento.

    Cavinet Assessors le hace sus bajas /altas de Hacienda y impuestos por tan solo 20 euros (IVA incluido).

    Saludos,

    Respondido el

  • Buenos Días:
    La baja se da en el Modelo 037 y si has marcado la opción de Baja de Cese de todas las actividades ya esta dado de baja ya que marcando esta opción se dan de baja todas las obligaciones.

    Somos una Asesoría Online podemos gestionar la baja del Modelo por un importe de 15 Euros + Iva.

    Telefóno: 925181869
    [email protected]

    www.asesoresquintanar.es

    Respondido el

  • A ver si usted es el arrendador , usted no tiene que dar de baja dicha obligacion pues la misma recae sobre el arrendatario.

    En cuanto al tema del valor del alquiler pues dependera de si existe o no vinculacion entre las partes ya que de existir vinculacion como por ejemplo un padre y un hijo o una sociedad del grupo el valor ebe ser el el mercado.

    A parte existe normativa en relación al Impuesto sobre el valor añadido para evitar fraudes y cosas parecidas.

    Si necesitas ayuda [email protected]

    Respondido el

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