Iva e Irpf
Buenas tardes, al hacer las cuentas como autonomo, creo entender que el resultado final anual del IRPF, sale de la diferencia entre gastos y beneficios, al final del año, independientemente de la fecha dentro de ese año en la que se contabilicen. ¿Y con el IVA también es indiferente? ¿si cambias facturas de un trimestre a otro sales beneficiado? Gracias
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Buenas tardes,
un autónomo tributa anualmente en IRPF por los beneficios generados (ingresos menos gastos), que es la cifra que pondrá en la declaración de la renta. En cuanto al IVA, las facturas hay que registrarlas por su fecha de emisión o recepción, y estos libros de IVA serán los que servirán para confeccionar los modelos de IVA. Lo que está claro es que si una factura entrara en una u otra fecha podría haber variaciones trimestrales (podría salir un IVA negativo o positivo en función de las facturas), pero el resultado final anual será el mismo.
Saludos,
Anna
[email protected]Respondido el 7 de marzo de 2014
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A mi me gusta practicar el impuesto de devengo no obstante los rendimientos de actividades económicas podrá acogerse al criterio de caja que ya existía desde antes del criterio de caja del iva si necesitas ayuda [email protected]
Respondido el 7 de marzo de 2014
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La facturas hay que contabilizarlas en el trimestre a que corresponde, según la fecha de emisión o de recepción y la manipulación de esta fechas para ajustar los resultados de los trimestres en caso de inspección dan lugar a sanciones. Por lo que no es aconsejable su manipulación.
Si lo necesita puedo ayudarle www.asesoriaturin.comRespondido el 8 de marzo de 2014
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