Desgravacion del arrendamiento del negocio
Somos 2 socios y uno cotiza como autónomo y el otro no, solo capitalista.
Mi duda es, que si pagamos el alquiler de la empresa 1600€ mes, luego , él se puede beneficiar desgravándoselo en su propia renta IRPF, que importe se desgrava o que porcentaje? Tendría que recuperarlo la empresa? Gracias
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Buenas tardes.
Como bien has dicho sois una sociedad por lo tanto el alquiler lo va a pagar la sociedad y deducirlo la misma como gasto. No existe relación entre el alquiler para un local de negocio y el alquiler para vivienda habitual.
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Asegurateconlopez.com TU ASESORIA, TU AGENCIA DE SEGUROSRespondido el 17 de marzo de 2014
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De que tipo de sociedad estamos hablando por que claro si es una sociedad civil la cosa cambia
Respondido el 17 de marzo de 2014
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La factura del alquiler ira a nombre de la sociedad y por tanto será un gastos deducible de esta, otra cosa es que dependiendo del tipo entidad, en algunos caso sean los socios lo que a efectos del IRPF, sean estos los que presenta la declaración correspondiente.
Cuando habla de que un socio es autónomo y el otro no, no especifica porque razón esta dado de alta en dicho régimen, es administrador, es trabajador, etc.
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[email protected]Respondido el 18 de marzo de 2014
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