Iva combustible

Buenas tardes,

Mi pregunta está relacionada con la consulta vinculante V2475-12 en la que se dice que "las cuotas soportadas por la adquisición de combustible serán deducibles siempre que su consumo se afecte al desarrollo de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo y en la medida en que vaya a utilizarse previsiblemente en el desarrollo de dicha actividad económica". Al mismo tiempo, señala que "el ejercicio del derecho a la deducción de las cuotas soportadas por la adquisición de combustible debe desvincularse del aplicable a la propia adquisición del vehículo".
Expongo mi caso particular: tengo un coche en propiedad no afecto a la actividad -la he iniciado recientemente- y me gustaría saber si sería posible deducir los gastos de combustible en los supuestos que afecten exclusivamente a mi actividad profesional debidamente documentados -con emails, agenda, facturas, tickets, etc...-? ¿Y en qué porcentaje?

Muchas gracias

Creada el
  • El documento que justifica de acuerdo a derecho un gasto en principio es la factura normal o somplificativa, en cuanto al iva del combustible no es deducible si no está afecto ahora bien si el vehículo lo usas para trabajar yo el deducir te un 50_%del combustible no lo veo mayor problema
    Sí necesitas ayuda [email protected]

    Respondido el

  • Muchas gracias por tu respuesta.

    Como bien dices, utilizo mi vehículo para la actividad y conservo facturas, emails y demás documentos que justifican la necesidad de utilización de un medio de transporte para asistir a presentaciones de productos o visitas a clientes y proveedores. En base a tu respuesñta puedo deducir el 50% del iva de dichos consumos al presuponer una afectación del vehículo del 50%. Para esta afectación he de hacer algún tipo de anotación en el libro registro? Y si no fuese así ¿podría deducir el 100% del iva en casos concretos y justificados tal y como interpreto en la consulta antes mencionada?
    Muchísimas gracias

    Respondido el

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