Alta autónomo y capitalización

Buenos días,

Tengo 41 años y actualmente estoy trabajando por cuenta ajena y preveo un inminente despido. En tal caso quisiera iniciar una actividad por cuenta propia y tengo dos dudas:
1) Para poder capitalizar el paro, ¿Tengo que recibir al menos algún mes de prestación o puedo iniciar la actividad inmediatamente?
2) En la modalidad de capitalización parcial de la prestación para pagar las cuotas a la Seguridad Social. Si finalizo la actividad por cuenta propia antes de los dos años y deseo cobrar la prestación por desempleo conforme a mi actividad por cuenta ajena, ¿cobraré menos importe o cobraré menos tiempo?


Muchas gracias de antemano

Creada el
  • Buenas tardes,

    En caso de despido, usted puede capitalizar el paro desde el primer momento sin tener que percibir ningún mes la prestación por desempleo.

    En cuanto a su segunda pregunta, si finaliza la actividad por cuenta propia antes de dos años y desea cobrar la prestación por desempleo, usted percibirá por desempleo el importe que le quede pendiente en el momento en el que solicite la prestación. Para calcular dicho importe, le deberá restar al importe de la prestación al que tenga derecho en el momento de la capitalización, los importes correspondientes a las cuotas a la Seguridad Social que haya percibido mensualmente como consecuencia de la capitalización.

    Un saludo,
    César Sánchez

    Respondido el

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