gastos
Hola! Quería saber si en una tienda online la factura de la luz y el gas, así como teléfono e internet de tu propia casa, se considera gasto puesto que necesitas esos requisitos para trabajar. Gracias
-
Hola,
Si el domicilio de la actividad lo tienes reflejado en tu domicilo, podrás deducir los gastos de luz, agua, gas, teléfono... en base al porcentaje de tu grado de afectación, si es un 6% pues un 6%.
Somos Asesoría Online, además de Punto de Apoyo al Emprendedor (PAE), podemos realizar todos los trámites de Asesoramiento, ALTA y puesta en funcionamiento, completamente gratis.
Además también puedes contratar el servicio de Asesoría Fiscal y Contable, todo incluido, por solo 18,90€ al mes.
Mas información: www.asesoriagrg.es
[email protected]
También pueden ponerse en contacto con nosotros, en nuestro teléfono de atención y asesoramiento gratuito: 900 525 249
Saludos!Respondido el 29 de marzo de 2014
-
Gracias por contestar, no entiendo lo de la afectación me lo pueden explicar?
Respondido el 31 de marzo de 2014
-
Tienes que afectar un porcentaje de la vivienda para deducir por ejemplo alquiler,ibi, comunidad.... pero ojo con los gasors tipo luz, agua etc..... hacienda te puede pedir un contador aparte para este tipo de suministros ya que no es una oficina 100%.
www.gesbel.esRespondido el 30 de marzo de 2014
-
- 1