Reducciones Actividades Económicas
Soy autónomo, en estimación directa simplificada. Trabajo como formador para diversas consultorias. Mi pregunta es, puedo deducir la "reducción de determinadas actividades económicas" (casilla 122) en la declaración de IRPF?
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¿cumples esto?
Existirán ciertos profesionales que podrán aplicarse las reduciones previstas para los rendimeintos del trabajo esto ocurre cuando:
a) Sus rendimientos son determinados mediante estimación directa.
b) Que la totalidad de las entregas de bienes o prestaciones de servicios se efectúen a una única persona, física o jurídica, (siempre que no sea una operación vinculada) o que el contribuyente tenga la consideración de trabajador autónomo económicamente dependiente.
c) Que el conjunto de gastos deducibles correspondientes a todas las actividades económicas desarrolladas por el contribuyente no exceda del 30 por 100 de los rendimientos íntegros declarados.
d) Que se cumpla con todas las obligaciones fiscales llevanza de libros conservación de facturas…
e) Que no se perciban rendimientos del trabajo, si estos provienen de sistemas de previsión social a que se refiere el artículo 17.2 de la Ley del IRPF, siempre que su importe no sea superior a 4.000 euros anuales.
f) Que al menos el 70 por 100 de los ingresos del período impositivo estén sujetos a
retención o ingreso a cuenta.
g) Que no se realice actividad económica alguna a través de entidades en régimen de atribución de rentas.Respondido el 17 de abril de 2014
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