Duda gastos modelo 130 irpf
Hola, soy autonomo en metodo de estimacion directa simplificada y en regimen especial de regargo de equivalencia. Se que no tengo que hacer la declaracion de IVA trimestral, pero a la hora de rellenar el modelo 130 de IRPF no se si puedo contar como gasto fiscalmente deducible el iva soportado y el regargo de equivalencia de mis facturas . Y en el caso de los ingresos computables contar el iva repercutido.
Muchas gracias de antemano
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Hola,
Al estar en Recargo de Equivalencia, el IVA es un mayor gasto y en la venta un mayor beneficio.
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Saludos!Respondido el 21 de abril de 2014
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