Compro portátil y lo vendo a un cliente. IRPF?

Hola chicos, soy un autónomo recién llegado.

No tengo recargo de equivalencia. Debería? Pero bueno, a la cuestion.

Acabo de comprar un portátil a un proveedor que me ha hecho una factura con iva, pero en ésta no aparece ningun dato sobre el IRPF. Os la desgloso:

Precio de compra base: 264.67€
+ IVA 21% 55.58€
Total: 320.25€.

Y se lo vendo a un cliente por:

Precio de venta base: 388,5€
+ IVA 21% 81,58€
Total cobrado: 435.12€

Se que tengo que guardar para el pago del iva trimestral 26€ (IVA cobrado-IVA pagado)

¿Pero que pasa con el IRPF? No tendrían que haberme hecho una factura donde me restasen el 9% del precio para retenerlo yo como pago del IRPF y así pagarlo trimestralmente?

Ayuda por favor, esto me puede!

Creada el
  • Hola,

    Si compras y vendes, y eres empresario individual, estas en comercio al por menor por lo que tienes recargo de equivalencia.

    A no ser que estes en un mayorista.

    La retención solo es aplicable a los epígrafes profesionales, tu caso en concreto es un empresarial por lo que no tienes retención.

    Pagarás un 20% de tus beneficios, recueda que aquí puedes añadir gastos deducibles (autónomo, luz si tienes tienda, agua si tienes tienda, gestoría... )

    Por lo que yo basandome que estas en Recargo de Equivalencia, a Hacienda pagarás:

    Ingresos: 435.12€
    Gastos: 320.25€
    Rendimiento: 114.87€
    Pago fraccionado: 22,97€

    Yo creo que no estas bien encuadrado los epígrafes ni los régimen de IVA.

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    Saludos!

    Respondido el

  • No queda muy claro en tu pregunta cual es tu actividad y el epígrafe en el que estás dado de alta..
    por lo que no pudo indicarte si te es aplicable el recargo de equivalencia o no.
    Por otro lado tienes los conceptos muy enverados y lo tiendo por que la fiscalidad española es compleja y es fácil de entender por personas que no están familiarizado con ellos.
    Por lo que deberás tener cuidado pues en estos momentos las sanciones están a la orden del día, seria aconsejable que contarás con el apoyo de un profesional.
    Si lo necesitas puedo ayudarte www.asesoriaturin.com

    Respondido el

  • Si te dedicas a la consultoria tecnologica no hay recargo de equivalencia pues loq ue eres eres un profesional, si tu compras un ordenador no debe aparecer nada de IRPF pues estas comprando mercancia para usar no para vender y tampoco te estan prestando un servicio profesional sino que la persona que te lo vende tiene una actividad mercantil

    Si necesitas ayuda [email protected]

    Yo no me fiaria de una asesoria por el precio, una carrera universitaria cuesta dinero, tener un master o haber estudiado una oposicion y estar colegiado en un colegio ya sea de economistas o abogados cuesta un dinero, por otra parte este tipo de asesorias no suelen ( no todas) funcionar bien por que no pueden atener correctamente a sus clientes por que necesitan un elevado numero y esto suele acarrear problemas con hacienda

    Un profesional que se preste no necesita intentar captar a un cliente por precio sino por conocimientos.

    Yo tengo claro que tipo de asesor fiscal necesito para mi negocio y tu?

    Respondido el

  • Si te dedicas a la compraventa y lo vendes a un negocio el ordenador necesitas un segundo epigrafe pues el primero no te lo cubrira, como bien dice turin tu sector no qued claro, yo te he contestado en el primer mensaje mirando tu perfil

    Respondido el

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