Facturación a Andorra por servicios prestados

Hola, soy autónoma con residencia fiscal en España y debo emitir una factura a Andorra por servicios prestados. No estoy segura pero entiendo que Andorra, como país NO-comunitario, requiere la facturación sin IVA ni IRPF y que luego en las declaraciones de IVA, hay que declarar los ingresos como “Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a deducción”.

Agradecería si alguien me pudiera confirmar qué debo poner y qué no en mi factura para Andorra y si hay otras cosas que tengo que tener en cuenta.

Muchas gracias de antemano!

Creada el
  • De que tipo de servicio estamos hablando esto la localización de los servicios es tan amplio en relación al IVA no es todo empresa extranjera no va con IVA

    Ahora bien IRPF nunca podrá haber si es una empresa que no es Española y no tiene establecimiento permanente en españa

    Si necesitas ayuda [email protected]

    Tal vez esto te aclare un poco tu situacion

    http://fiscalmadrid.com/el-lugar-de-realizacion-del-servicio/

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  • Buenos días y gracias por tu respuesta. En respuesta a tu pregunta, se trata de unos servicios secretariales prestados como Asistente para un proyecto del sector público de Andorra.

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  • Buenos Días

    Me encuentro en la misma situación que jjdegeus. Soy autónoma y he realizado el diseño de un logotipo para una empresa andorrana. No me queda muy claro como he de emitir la factura y como he de reflejar este ingreso en el resumen del IVA y en la renta del año que viene. ¿Hay alguien que pueda aclararlo?

    Muchas Gracias

    Respondido el

  • Hola

    He llamado a hacienda y me han dicho lo siguiente, lo pongo aquí por si puede ayudar a alguien:

    La factura ha de ir sin IVA ni IRPF.

    El la declaración trimestral (modelo 303) el importe de la operación de ha de reflejar en la casilla 61. "Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a deducción"

    En la declaración anual (modelo 390) en la casilla 110 "Operaciones no sujetas por reglas de localización o con inversión del sujeto pasivo"

    Y en la renta se imputa como un ingreso más

    Saludos

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  • Hola, por si mi experiencia sirve como información adicional...

    Aunque emito mis facturas a Andorra sin IVA y sin IRPF, el Gobierno de Andorra me retiene un 10% en concepto de impuesto sobre la renta de los no residentes fiscales (IRNR). Me han dicho que se aplica a todos los prestadores extranjeros y que el importe retenido se puede deducir en la declaración de la renta anual en la casilla 505 de doble imposición internacional.

    Saludos

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  • Ya se puede facturar entre Andorra y España sin retenciones sobre beneficios empresariales si no hay establecimiento permanente en el pais de donde previenen los beneficios. El convenio fiscal entre Andorra y España es fundamental para el negocio con facturación sin retenciones entre ambos países. Este convenio permite que las empresas y residentes de los países integrantes del acuerdo saquen partido de beneficios fiscales, puesto que se evita que en una misma cifra de beneficios se imponga un doble tributo impuesto por cada estado. Mas info sobre el CDI entre Andorra y España que entra en vigor en febrero aquí: http://www.andorra-solutions.com/es/blog/2016/01/04/el-cdi-entre-espana-y-andorra-entrara-en-vigor-en-febrero/

    Saludos

    Respondido el

  • Excelente noticia, muchas gracias.

    Saludos

    Respondido el

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