Gastos desplazamiento en Declaración IRPF
Soy profesional en estimación directa simplificada, epígrafe 899. Para prestar los servicios me desplazo a empresas dentro y fuera de la comunidad autónoma, por lo que genero gastos de desplazamiento realizados en tren y avión y alojamiento en hoteles. ¿en que rubrica del IRPF debo meter estos gastos deducibles? (otros servicios exteriores u Otros conceptos fiscalmente deducibles excepto provisiones o en algun otro) Gracias
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Yo lo metería en otros servicios exteriores ademas de ser el correcto llama menos la atencion, el otro esta pensado para seguros de enfermedad , libros ,cursos y otros conceptos no se hasta que punto podría ser un foco de atención para hacienda
Respondido el 29 de abril de 2014
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Otros servicios exteriores.
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Saludos!Respondido el 29 de abril de 2014
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