CONTRATAR CONYUGE
Hola, mi marido es autónomo pero además tiene una sociedad limitada, de la que posee el 33% y es administrador mancomununado, voy a empezar a ayudarle en la sociedad (no soy socia) y quisiera saber en que régimen me tengo que encuadrar, si sería en el régimen general como empleada por cuenta ajena o por el contrario tendría que encuadrarme en el régimen de autónomos. Muchas gracias.
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Lo más adecuado es que se de de alta en el régimen de autónomos.
En www.libergestion.com le podemos ayudar en lo que necesite.Respondido el 1 de mayo de 2014
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Hola,
Tu marido al tener menos del 50% del capital, no sería necesario que te dieses de alta como autónomo y podrías estar en el Régimen GENERAL, además de poder beneficiarte de algunas bonificaciones.
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Saludos!Respondido el 1 de mayo de 2014
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pero además del 33% es administrador mancomunado, ¿eso no quiere decir que tiene control efectivo?
Respondido el 2 de mayo de 2014
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No, a mi criterio, no tendría control efectivo, ya que tiene menos del 50% y es Admin. mancomunado.
Yo lo pasaría por Régimen General no hay problemas.Respondido el 2 de mayo de 2014
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Buenos días,
Efectivamente tal y como establece la LGSS al tener, al menos, el 33 % y ser administrador, se considera que tiene el control efectivo.
Bajo mi punto de vista iría por el RETA.
www.rbasesoria-madrid.com
[email protected]Respondido el 3 de mayo de 2014
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Hola Rosa,
En que artículo sale reflejado?
Yo sigo opinando que es menos del 50% no del 33% para considerarse control efectivo.
Saludos.Respondido el 5 de mayo de 2014
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