¿Quien paga las obras en un local arrendado?
Buenas, estoy negociando un contrato de arrendamiento de un local y tengo una duda respecto a una claúsula que me han incluido, dentro de las obligaciones:
- "A abonar, además de la renta, el importe del 12% del interés anual de las obras de conservación, mantenimiento y rehabilitación, que el propietario realice en el inmueble o a los locales arrendados, así como las que ordenen los organismos oficiales competentes, y de las contribuciones especiales que aplique el ayuntamiento o que sean obligadas por cualquier otro organismo oficial."
Qué entendeis por el 12% del interés anual?
Debo pagar por obras que se hagan en el edificio de las que yo no sea beneficiaria? (p.ej: ¿si les da por poner ascensor en la finca?)
Agradeceré vuestra ayuda. Un saludo,
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El arrendamiento de locales se regula por las condiciones firmadas por las partes contratantes , ahora bien cuando estan poniendo es aclausula del 12 % yo entiendo que se prevé o que el dueño pueda saber algo de que se van a realizar obras proximamente.
Ahora bien la obligacion del pago de esas obras solo puede afectar al local objeto del arriendo por lo que yo lo modificaria antes de firmar nada y que quede todo clarito
Si necesitas ayuda [email protected]
Yo he trabajado bastantes años como Asesor fisnanciero en tecnocasa y algo se del tema si quieres te puedo ayudarRespondido el 14 de mayo de 2014
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