Compra de Local

Buenas a todos
Mi idea es comprar un local para desarrollar luego actividad de academia de idiomas.
El local en cuestión es un local bruto (primera transmisión con 21%iva) .
Mi pregunta es sí hay alguna forma de recuperar ese iva.
Muchas gracias

Creada el
  • Buenas tardes,

    Si el local está en bruto y es primera transmisión para afectarle a una actividad exenta, ni te puedes deducir el IVA soportado. Será mayor importe de compra del local y te lo podrás deducir vía amortizaciones.


    Espero haberte ayudado.

    www.rbasesoria-Madrid.com
    [email protected]

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  • Muchas gracias
    Lo que me han comentado en la asesoria del emprendedor es que puedo comprar local como persona física para despues alquilar el local a una SLU de la cual seria su administradora.
    Estar un tiempo asi y luego si quiero disuelvo la SLU

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  • Buenas tardes,

    Si el local está en bruto y es primera transmisión para afectarle a una actividad exenta, ni te puedes deducir el IVA soportado. Será mayor importe de compra del local y te lo podrás deducir vía amortizaciones.


    Espero haberte ayudado.

    www.rbasesoria-Madrid.com
    [email protected]

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  • ¿Sería válido lo que comento ?

    Respondido el

  • Para empezar al crear una sociedad con tu actividad tienes que facturar tu a la sociedad, por lo tanto no te metas en lios de momento mientras los ingresos no sean altos y date de alta de autonoo normal y corriente.

    Y lo de la sociedad es mala idea tambien pues en principio realizaria la actividad de educacion y tambien estaria exenta
    Creo que tu asesor esta un poco perdido

    [email protected]

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  • Desde luego, empieza paso a paso, si facturas poco, que haces creando una sociedad??
    El iva que no te puedes deducir por tu actividad es mayor gasto en renta.
    www.gesbel.es

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  • Pero será mejor recuperar 12000 euros que pagaré por IVA de la compra del local aunque la Sociedad me cueste economicamente crearla y luego mantenerla

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  • Desde luego yo no te aconsejaría algo así. Estás creando una sociedad para desarrollar una actividad exenta y poder recuperar como persona física por la actividad de arrendamiento de negocios (sujeto a IVA) el IVA de la compraventa.

    Te puede ocasionar muchos problemas con la agencia tributaria.

    Además el IVA que cobres como persona física tendrás que ingresarlo en hacienda, mientras que en la sociedad será no deducible.

    En fin, no te lo aconsejo.


    www.rbasesoria-madrid.com

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  • Es muy habitual que se produzca un arrendamiento de un local propio a una sociedad y q además sea accionista mayoritario

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  • No has pedido nuestra opinión, y la mía es la que te he transmitido.

    No me pidas que diga lo que tú deseas oir.

    www.rbasesoria-madrid.com

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  • Como b ien te hemos dicho tres personas que entendemos de esto no es una buena idea, ahora bien tu haz lo que quieras , eso si despues no vale decir que esos de hacienda son muy malos que si me han metido una sancion que voy a tener que poner poco mas que el trasero para pagarla y demas.

    Estas usando una sociedad interpuesta se te puede caer poco mas o menos que el pelo, por que esa es otra cuando solicites la devolucion de ese IVA yo conozco unos cuantos que gustosamente le meteran mano y te mandaran una carta de amor diciendo que te ha tocado la loteria

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  • Gracias por las respuestas
    O sea que la única opción es alquilar el local a una SL ajena u otro autonomo

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  • No dudo de tu sabiduría Candas por que de lo contrario no hubiera preguntado en este foro.
    O sea comentas que es ILEGAL lo de comprar local como persona fisica y luego alquilarlo a una SL que sea yo administradora.

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  • Haber, no es ILEGAL el acto de alquilarlo de un sito a otro, es ILEGAL el fin con el que lo estas utilizando es decir para SOLICTAR UNA DEVOLUCIÓN DEL IVA que no te corresponde.

    Tu gestoría creo que va a hacer que te dará de alta en el IAE en una actividad sujeta a IVA para deducir el IVA de la compra del local y luego alquilaras ese IVA a la SOCIEDAD.

    A la larga te va a salir mas caro..., además que es un acto completamente ilegal, no en sí por la operación, si no por la finalidad que le das, depende del valor del local, IVA soportado.. puede llegar a ser hasta delito.

    Te recomiendo que cambies de Gestor, por que viendo esto, a la siguiente te la puede liar también.

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  • Si es LEGAL que importa la finalidad, no hay finalidad porque tengo pensado seguir con la SL

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  • A ver lo que haces al intentar deducirte de esta forma el iva e sutilizar una sociedad interpuesta, no es ilegal el hecho de alquilar la sociedad en si por una persona fisica de hecho si alquilas un local a tu sociedad me parece perfecto, ya que por un lado la sociedad va a deducirse el iVA y tu lo vas a pagar por lo que no estas alterando la neutralidad del impuesto.

    El problema se encuentra cuando ademas para que ese local se pueda deducir a efectos de IVA hay quq e dar de alta una sociedad en una actividad que no va a ejercer por que ademas estamos hablando de que tu no vas a poder cobrar mediante nomina sino que lo tendrás que hacer mediante factura.

    Hay es donde esta el problema en la utilización de esa sociedad interpuesta, y la culpa yo estoy 100% seguro que no es tuya , sino de un mal asesoramiento.

    Yo te digo que 4 años de prescripción son muchos años para poder darse cuenta de esta jugada y que te puede salir muy cara ya que en esa se puede apreciar intencionalidad.

    Mira por estas cosas mas de una vez he pensado en dar clases formativas a los autonomos y profesionales que os decidis a emprender y que en muchas ocasiones se hace desde el desconocimiento logicamente tu conoces tu actividad y es lo que tienes que conocer pero tienes que tener alguien al lado que te sepa decir lo que es bueno y lo que es malo, en el momento en el que falta esta profesionalidad hoy en dia por desgracia hecho bastante comun surgen problemas como este

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  • Disculpa aquí me he perdido

    "El problema se encuentra cuando ademas para que ese local se pueda deducir a efectos de IVA hay quq e dar de alta una sociedad en una actividad que no va a ejercer por que ademas estamos hablando de que tu no vas a poder cobrar mediante nomina sino que lo tendrás que hacer mediante factura."

    La SL si va a ejercer la actividad

    Respondido el

  • Si pero va ejercer la actividad de enseñanza por lo que estaría exenta y no tendria sentido crearla para deducir el local por que estaría en el mismo caso que tu, salvo que digas que la actividad de la sl no es la enseñanza sino hacer patatitas fritas por poner un ejemplo

    Respondido el

  • La persona física es la que deduce el local, no?
    Yo lo que logro a entender es por un lado recupero el Iva pero por otro tengo que pagar iva del alquiler de la SL.

    Respondido el

  • La fiscalidad no es fácil... aunque mucha gente se crea que sabe de impuestos.
    Búscate un asesor de confianza, te sientas con él y que te aclare todas tus dudas... porque parece que no quieres creer lo que te decimos por aquí.


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