ALQUILER LOCAL

Buenos días, el arrendador me exige alquilar el local con fecha de 1 de junio, pero aún no estoy dada de alta como autónomo, puedo alquilar igualmente y darme de alta con posterioridad? Gracias!!!

Creada el
  • Hola,

    Almenos realiza un alta prevía para poder deducir esos gastos y declarar el IRPF de las retenciones.

    ¿Cuando tienes intención de darte de alta?

    Por que si tienes intención de darte de alta durante Junio, date de alta con fecha del día 1, vas a pagar lo mismo.

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    Respondido el

  • Tu puedes darte de alta cuando quieras la diferencia está en que a lo mejor te seria de aplicación el recargo de equivalencia y el alta previa no tenga sentido
    Sí no te das de alta con que no te retenga problema solucionado

    Su necesitas ayuda [email protected]

    Respondido el

  • La retención realmente la haces tu aunque mucha gente sigue sin enterarse

    Respondido el

  • Hola compañeros, esto es algo que me he cansado de preguntar en hacienda y tras muchas llamadas saco la conclusion de que aunque no estes de alta ni previa tan siquiera , si incurres en gastos anteriores pero demuestras que son necesarios para la actividad posterior, te los puedes deducir tanto en irpf como en iva (en iva solo si esta desglosada la cuota en factura) luego lo del alta previa bajo mi punto de vista solo sirve para pagar autonomos en SS.
    QUe pensais???
    www.gesbel.es

    Respondido el

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