TRADE sin declaraciones trimestrales

Buenos días,
llevo 6 años trabajando para la misma y unica clinica como odontóloga, tengo un contrato TRADE y estoy dada de alta como profesional, tengo gastos de colegio, seguro de responsabilidad civil, materiales y uniformes, SS,... pero desde que empecé me dijeron que no era necesario hacer declaraciones trimestrales de IVA e IRPF, ¿esto es así? ¿es la forma de proceder?
Cobro un porcentaje de los trabajos q realizo y al final de mes me dan una especie de "nomina" con los ingresos
Anualmente me dan un documento con los rendimientos del trabajo
¿Solo tengo que hacer la declaración anual de IRPF? en caso de ser así, ¿que tendría que hacer? rellenar el apartado de actividades economicas (casillas 100 al 140 programa padre), o el de rendimientos del trabajo (casillas 01 al 20 programa padre)
Agradecería cualquier aclaración.
Muchas gracias!!!

Creada el
  • Hola,

    Al ser TRADE cobrás por rendimientos de trabajo con su correspondiente nómina, por lo que no tienes rendimientos de actividad económica.

    Imagino que No estas dado de alta en hacienda ¿no?

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    Respondido el

  • Buenas tardes,
    al ser TRADE me refiero con ser trabajador autonomo economicamente dependiente porque mas del 75% de los ingresos son de un mismo cliente. No realizo facturas al cliente, los ingresos van en función de los trabajos realizados y mes a mes los voy recibiendo. Estoy dado de alta como profesional pero según me asesoraron no necesito hacer declaraciones trimestrales de IVA ni IRPF. Mi duda era como he expuesto arriba el tema de como declarar esos ingresos anualmente de cara a la Declaración de la Renta.
    Muchas gracias y un saludo!!

    Respondido el

  • Habría que mirar tu MOD 036 para comprobar que este todo marcado...

    Por que si tu no haces facturas o ellos te emiten una auto factura o te hacen una nómina.

    En función de una cosa u otra puedes deducir luego en la renta las cuotas de autónomo...

    Saludos

    Respondido el

  • Son rendimientos tos de actividades económicas ahira bien te puedes aplicar la retención por rendimiebtos del trabajo no es lo mismo so que arre

    Respondido el

  • Ok
    Muchas gracias a todos
    Creo q lo tengo un poquito mas claro...
    Ahora a hacer la declaracion!!!

    Respondido el

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