¿Es obligatorio hacer un contrato de outsourcing?

Hola, por lo que estoy leyendo lo que voy a hacer para trabajar se llama "outsourcing", en mi caso, representante comercial de una empresa (o varias en el futuro) a las que facturaré mensualmente las comisiones de mis ventas, y mi pregunta es: Me obliga la ley ( o a la empresa con la que voy a trabajar) a realizar un contrato comercial o es voluntario?

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  • Hola,

    Tu tienes que estar dado de alta en el epígrafe en concreto y en la SS.

    Tu tendrás que facturar por tus servicios sumarle el IVA y descontarle la retención del IRPF.

    El contrato mercantil, no es obligatorio en sí, es un contrato privado entre ambas partes, no conlleva gastos, y es recomendable para dejar reflejadas las condiciones del acuerdo.

    Si necesitas ayuda, somos ASESORÍA ONLINE, y Punto de Apoyo al Emprendedor, podemos realizarte todos los trámites de asesoramiento y alta gratuitamente de autónomo, además puedes contratar nuestro servicio de Asesoría Fiscal y Contable para Autónomos por tan solo 18,90€ al mes.

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    Respondido el

  • Gracias por vuestra respuesta tan rápida y efectiva.
    Todavía no me he dado de alta, pero si todo va bien lo haré esta semana. ¿Habría alguna posibilidad de contar con vosotros por gestión realizada en lugar de contrataros con un pago mensual? es decir, en función de mis necesidades y para evitar, al menos al principio, más gastos?.
    Y si me permitís otra consulta. Vengo de una situación anterior difícil por lo que no voy a poder trabajar con normalidad con una cuenta bancaria a mi nombre. Si un familiar (no directo, cuñada) abre una cuenta bancaria a su nombre y me autoriza plenamente para que yo funcione con libertad, ¿puedo (o mi familiar) tener problemas legales?
    Gracias anticipadamente, un saludo.

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  • Hola,

    Si, puedes contratarnos para gestiones espóradicas sin problemas.

    Habría que mirar la opción de la cuenta bancaría, cuando te pongas en contacto con nosotros miramos esa posibilidad.

    Respecto a lo de la situación, se puede mirar todo, y solicitar aplazamientos, fraccionamientos...

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  • un autorizado no tiene responsabiolidad fiscal sobre los bienes de los que puede disponer, por lo que, salvo denuncia por parte del titular de los fondos, la ley no le hará responsable de la utilización de los mismos


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  • Hola, ¿Cuánto me cobraríais por asesorarme para rellenar el modelo 037 y la solicitud de alta en la Seguridad Social?. Si me pudierais pasar un presupuesto con los costes de todas las gestiones os lo agradecería.

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  • Hola Alvaro,

    En nuestro caso sería gratuito al contratar el servicio de Asesoría Fiscal y Contable (Sin permanencia).

    Lo rellenaríamos nosotros y presentariamos nosotros.

    Saludos.

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  • Ten en cuenta que tendrás que presentar impuetos trimestalmente., además del resumen anual del IVA

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