IRPF en factura simplificada

Buenas tardes. Voy a comenzar a trabajar como autónomo profesional en el área de asesoría. Aprovechando la completa información que proporciona esta web me ha parecido entender que si se cumplen las condiciones para emitir una factura simplificada, aún cuando el destinatario de la operación sea un empresario o profesional, no hay que practicar la retención del 9% (nuevo autónomo) por IRPF, a no ser que lo exija expresamente el destinatario de la factura. ¿Es correcta mi apreciación? Muchas gracias por su ayuda.

Creada el
  • Si ejerces como profesional, tienes que aplicar durante los primeros dos años un 9% de retención en todas tus facturas cuyos destinatarios no sean particulares. Después de este periodo deberás aplicar el 21%

    Las obligación de retener no tiene nada que ver con las facturas simplificadas sino con el epígrafe que desempeñas.

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  • No tiene nada que ver, si por su actividad y epigrafe tiene que retener eso no tiene nada que ver con el tipo de factura.
    www.gesbel.es

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  • Aquí lo que importa es la naturaleza de la operación a mi el epígrafe la verdad no me importa mucho yo si un profesional se ha confundido de epígrafe o no ha puesto el correcto me es indiferente

    Si necesitas ayuda [email protected]

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  • Tal y como te comenta Candas, va en función de la actividad que haces.

    Si haces una actividad profesional y facturas a una empresa, deberás de Retener.

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