Compatib - Act. Mercantil - Jubilación F. Pbca

Buenos días,
Mi consulta es la siguiente.

Actualmente ejerzco la función pública como profesor de secundaria y al mismo tiempo soy admistrador único propietario de una SL. Me gustaría solicitar una jubilación anticipada (a los 60 años) tras haber cotizado un total de 61 años.

Me comentan que en el momento en que se tramite la jubilación, obligatoriamente tendré que darme de baja como en el régimen de autónomos sólo pudiendo ostentar la propiedad de la SL sin ejercer ningún tipo de actividad ni de administración ni de gerencia. Mi intención inicial es no incorporar a ningún administrador o gerente en sustitución.

Derivado de esta situación tengo dos preguntas:

Primera pregunta:

Me gustaría saber si existe alguna alternativa para poder compatibilizar esta situación con la pensión de jubilación como por ejemplo, traspasar la propiedad de la empresa a otra persona y configurar algún tipo de contrato que me habilite para ser administrador de la sociedad y ostentar plenitud de poderes e incluso, si podría en algún caso ejercer como gerente (dándome de alta en algún tipo de mutualidad privada que cubra la necesidad de estar protegido a efectos de accidentes laborales en el sitio del cliente, etc).

Otra idea que se me ocurre es que exista otra forma social que me permita mantener esta situación.

La segunda pregunta:

En caso de que la situación planteada no fuera posible, la alternativa que me quedaría es terminar la actividad mercantil en cuyo caso me encuentro en la siguiente situación. Dado que me jubilo con 60 años y la jubilación en autónomos es a los 65, la terminación de la empresa la tengo que hacer por causa normal, por lo que debería pagar las indemnizaciones correspondientes.

Dado que la jubilación me obliga a darme de baja como autónomo, ¿existe posibilidad de que al terminar la actividad pueda alegar causa de jubilación y acogerme al régimen que permite indemnizar con 1 mes a los trabajadores?

Muchas gracias anticiapdas por su respuesta.

Un saludo.

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