recargo de equivalencia

hola he abierto una papeleria copisteria, se que por la papeleria tengo que pagarle al proveedor el recargo de equivalencia en las facturas que me pasan, y por las fotocopias que le hago a los clientes? entiendo que para dar este servicio solamente uso folios, que el proveedor me factura en recargo de equivalencia?

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  • Aqui podras saber cuando debes pagar el recargo de equivalencia
    http://asesoriaonlineajc.com/cuando-debo-pagar-el-recargo-de-equivalencia/
    Y si te quedan dudas o necesitas un asesor fiscal [email protected]

    Cemad--> Colegio de economistas de madrid

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  • muchas gracias, aprovechando queria consultarte algo mas, voy a vender material de papeleria y dar el servicio de fotocopias y fax, pero me han dado de alta solamente con el epigrafe 659.4, que es el de venta minorista de libros,revistas, material de papeleria,etc, no deberia tambien tener en el censo de hacienda el epigrafe correspondiente al de las fotocopias y fax?

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  • Tienes que darte de alta en tantas actividades como realices si bien hoy en dia el alta en el IAe salvo para las grandes empresas es decir aquella que sobrepasan el 1000000 de euros de cifra de negocio , el Iae tiene efectos meramente estadisticos si necesitas un asesor fiscal una actividad como la tuya podria ayudarte

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  • perfecto muchas gracias por la aclaración.

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  • http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?Consulta=.EN+FECHA-SALIDA+(31%2F03%2F2011)&Pos=16

    En concreto el epigrafe es el 973.4 , ahora bien estas en sectores diferenciados por lo que es de aplicacion el regimen general y el recargo de equivalenica deberias de contar con un asesor fiscal que pudiera llevar dicha tributacion sin problemas

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  • perfecto, entendido, entonces si añado una nevera de venta de bebidas , ya que la papeleria está ubicada en una calle del camino santiago y pasan muchos peregrinos, tendría que darme de alta en otro epigrafe mas, verdad? y eso que tambien estoy pensando en prestar servicios de fax, y venta de regalos y souvenirs...

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  • Hola,

    Resumiendo para que te hagas una idea,

    TODO LO QUE VENDAS QUE COMPRES DIRECTAMENTE SIN PROCESAR -> Recargo de Equivalencia.

    TODO LO QUE VENDA PROCESADO, MANIPULADO, CREADO... -> Régimen General.

    Estas en sectores diferenciados, por lo que tendrás que llevar dos contabilidades (libros de ingresos y gastos y IVA)

    Si necesitas ayuda, somos ASESORÍA ONLINE, y Punto de Apoyo al Emprendedor, podemos realizarte todos los trámites de asesoramiento y alta gratuitamente de autónomo, además puedes contratar nuestro servicio de Asesoría Fiscal y Contable para Autónomos por tan solo 18,90€ al mes.

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  • Esto es General, lo que te he dicho del Régimen General / Recargo de Equivalencia, ya que aun que haya cosas que vendas sin procesar no tienen recargo de equivalencia (Excepciones).

    Saludos.

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