Denegada prestación por cese de actividad autónomo
Hola, os comento mi caso a ver si me pueden asesorar y así también le sirva a alguien más en mi misma situación. Este año he decidido darme de baja en el régimen de autónomos por pérdidas económicas y presenté toda la documentación que me exigieron en la mutua. Cual fue mi sorpresa al ver que me viene denegada. Llevaba dado de alta en autónomos desde el 2007 y pagando las cuotas por cese de actividad desde que salió la ley, o sea el 2010. El motivo que presenté fue pérdidas económicas, superando más del 100% en el último año. En la carta la mutua alega que me rechazan la solicitud porque no tengo cubiertas en el momento de la baja el período mínimo de cotización que son 12 meses. En parte tienen razón, porque los meses de Enero, Febrero y Marzo no los pude abonar en su día, y hasta Mayo no conseguí reunir el dinero. La baja es efectiva en autónomos a fecha 31-03-14 pero realmente no me dí de baja hasta Mayo, solo que en la Seguridad Social me aconsejaron darme de baja a fecha de 31 Marzo y así no tenía que pagar Abril y Mayo. El caso es que por culpa de un mal asesoramiento por parte de la Seguridad Social la mutua me lo deniega porque según dicen ellos cuando me dí de baja aun no tenía abonadas las cuotas pendientes, ya que se abonaron a posterior con fecha 26 de Mayo. Lo voy a reclamar lógicamente, pero tengo dudas sobre que alegar en mi favor. Espero que me pueda ayudar alguien. Gracias
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Ha pasado muxho tiemoo desde tu consulta y suponfo que ya lo tendras resuelto y espero que te sea favorable. Pero por si sirve a otros, comento. Si cuando se produce el cese de actividad no tienes pagadas todas las cuotas tienen obligación, antes de negar la prestación de darte un plazo para su pago. He visto alguna sentencia judicial que han perdido (las mutuas por no haber cumplido ese tramite) Pero tened claro que a las mutuas todas las normas les importa un comino, piden rodo tipo de documentos y no les dan por buenos. Peticion denegada cotización que no sale de su caja. Una cosa mas, no tributeis por modulos, porque no conseguiréis demostrar perdidas, ni siquieranen el juzgado de lo social. Conozco una sentencia que por este motivo han denegado la prestación. Es una incongruencia, a agencia tributaria te da esa opción y el juez no reconoce la documentación presentada porque en modulos se da oor hexho que tienes beneficios.
Respondido el 30 de noviembre de 2014
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