Bonificación RETA mujer menor de 35 años

Hola, me gustaría saber si tengo derecho a la bonificación para mujeres menores de 35 años teniendo en cuenta que el verano pasado estuve temporalmente dada de alta. En ese momento disfruté de la reducción en la cuota, ya que era la primera vez que me daba de alta en el RETA, pero no sé si seguiré disfrutando de la bonificación si me doy de alta otra vez. Me ha surgido la duda al leer este párrafo publicado en el artículo "Bonificaciones y descuentos en la cuota de autónomos - RETA":
<<Tendrá una duración de 30 meses en total, ininterrumpidos, con independencia de los períodos de baja en el Régimen dentro de dicho plazo, que serán tenidos en cuenta a efectos del cómputo total de los 30 meses.>>
Según esto, al no haber agotado el plazo de 30 meses, si me doy de alta ahora ¿puedo seguir disfrutando del descuento a pesar de haber estado dada de baja durante varios meses del RETA?
Muchas gracias de antemano.

Creada el
  • El plazo no se interrumpe aunque hayas estado dada de baja, por lo que si todavía te resta algún mes podrás acogerte a ello.
    En la sección preguntas útiles de nuestra pag. puedes ampliar información .
    www.asesoriaturin.com
    Si lo necesitas puedo ayudarle [email protected]

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  • Tal y como te comenta, puedes volver a darte de alta y benificiarte, revisa antes que no tengas deuda.

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  • Muchas gracias por vuestras respuestas, queda aclarado!

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