Duda sobre IRPF

Buenas tardes:

Tenemos una comunidad de bienes, en la que somos dos comuneros. Nuestro sector es el de reparación del calzado, y nuestra pregunta es: ¿qué porcentaje de IRPF tenemos que aplicarnos?

Creada el
  • Epígrafe 691.9. Reparación de otros bienes de consumo n.c.o.p.

    Es un epigrafe empresarial por loq ue no procede retencion

    Si quieres saber mas
    http://asesoriaonlineajc.com/que-obligaciones-fiscales-existen-en-una-comunidad-de-bienes/

    Respondido el

  • Perdon, no me he explicado bien a la hora de formular mi cuestión. Me refería a la hora de hacer la declaración del IRPF, por lo que he visto creo que sería un 20% del sueldo que tuviera cada uno, ¿es correcto? Si un trismestre no hubiera demasiados ingresos como para tener dos sueldos, ¿se podría poner el sueldo con el capital de la empresa, o tiene que ser arreglo a los ingresos que tuvieramos? Gracias

    Respondido el

  • Estais equivocadas de cara a la fiscalidad.

    Se haría este calculo:

    Ingresos - Gastos (Totales de todo el año)= Rendimiento Neto ( Si estas en EDS puedes añadir el 5% de Gastos de dificul justificación adicional a tus gastos).

    Sobre el rendimiento NETO, se calcula el 20% (Casilla 04), sobre hay ahora se le descontará los pagos fraccionados realizados y la retenciones SOPORTADAS.

    También puedes añadir deducciones.

    El modelo 130 que teneis que presentar cada una, será el 50% de los Ingresos y el 50% de los gastos, luego ya cada una tendrá que añadir ADEMÁS a esto, los gastos e ingresos individuales de su actividad económica.

    Si necesitas ayuda, somos ASESORÍA ONLINE, y Punto de Apoyo al Emprendedor, podemos realizarte todos los trámites de asesoramiento y alta gratuitamente de autónomo, además puedes contratar nuestro servicio de Asesoría Fiscal y Contable para Autónomos.

    Mas información: www.asesoriagrg.es

    Respondido el

  • Estáis suena gerundio, en cuanto al 20% hace referencia como bien te dicen a la diferencia entre ingresos y gastos teniendo en cuenta los gastos de dificil justficacion , ya que las sociedades civiles no tienen nominas .

    Si necesitais ayuda [email protected]

    Respondido el

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