Modelo 130

Hola,

Tengo una duda tonta pero importante.. Si tengo una factura con fecha de julio por unos servicios que he recibido en el mes de junio.. debo regirme por la fecha de emisión de factura a la hora de deducir el gasto en el mod.130 y por tanto imputarlo al tercer trimestre o puedo deducirlo en el segundo trimestre por la fecha de operación??...

Gracias!.
Saludos.

Creada el
  • Pues mira a efectos del modelo 130 junio a efectos del modelo 303 julio, la razon es que el devengo del gastos se produce en el momento en que se produce independientemente de cuando se produzca su pago de acuerdo al principio de devengo que es uno de los principios que sigue la contabilidad.

    Ahora bien en el IVA hasta que no se esta en posesión de la factura no se puede deducir .

    Normalmente si tuvieses que llevar una contabilidad lo reflejarias en una cuenta transitoria proveedores facturas pendientes de recibir con el objeto de cumplir con el correcto devengo del gasto debiendo de darse de baja dicha cuenta cuando se recibe la factura con su respectivo IVA

    Si necesitas ayuda [email protected]

    Respondido el

  • Las facturas de proveedores las pueden imputar en función de la fecha de recepción.
    Si lo necesitas puedo ayudarte www.asesoriaturin.com.

    Respondido el

  • Para no complicarte puedes meterla en JULIO.


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    Respondido el

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