Trabajar a través de una empresa extranjera

Tengo la oportunidad de convertirme en socio-trabajador de una empresa extranjera y creo que eso supone un cambio significante en la manera de afrontar las declaraciones de impuestos. ¿Alguien tiene experiencia?

Explico el caso que se me plantea: voy a trabajar como autónomo desde mi casa y/o en la oficina de clientes (empresas) españoles, pero de manera que yo facturaré a empresa extranjera (no europea) y ésta facturará a los clientes.
En principio, como norma general y si no voy equivocado, yo debería facturar sin IVA y sin retenciones de IRPF (y hacerlas por mi cuenta trimestralmente).
Por su parte la empresa extranjera facturará a los clientes sin IVA y ellos deberán registrar la factura como tal (aquí creo que ha cambiado algo este año de que el cliente debe detallar la factura como si pagara iva igualmente aunque luego lo deduce de igual manera).
Pero... aquí veo un posible problema: el destinatario final de mi trabajo será una empresa española, aunque por en medio haya un intermediario extranjero... ¿o ya no importa puesto que hay el intermediario?

¡Grácias de antemano!

Creada el
  • Hola marcbaye yo te lo puedo llevar sin problemas si el servicio a la empresa extranjera se lo prestas en españa la factura debera de llevar IVA pues se entendera localizado en el TAE , si en cambio estamos hablando de un servicio que se presta al extranjero la cosa cambia.

    Por lo tanto aunque la empresa sea extranjera si el cliente final es español se entendera una operacion sujeta y no exenta.


    Una cosa es la regla general y otras cosas las especialidades dentro de la norma

    [email protected]

    http://fiscalmadrid.com/iva/el-lugar-de-realizacion-del-servicio

    Respondido el

  • Ok, entiendo pues que mi factura hacia la empresa extranjera debe incluir IVA (no IRPF?) puesto que el destinatario final del servicio es una empresa española? Entonces ese IVA acabará imputándose como coste final puesto que la factura que la empresa extranjera haga al cliente español no llevará IVA y no tendrá manera de recuperarlo? ¿o ambas llevarán IVA y la empresa extranjera deberá empezar a presentar declaraciones ante Hacienda?

    ¿otros posibles escenarios?
    - ¿Yo facturo mi coste al cliente español (con iva/irpf) y la empresa extranjera su margen/comisión también al cliente español (sin iva)?
    - ¿Yo facturo la totalidad al cliente español (iva/irpf) y la empresa extranjera su margen/comisión a mi (sin iva)?
    - ¿algun otro?

    Respondido el

  • Seria cuestion de analizarlo con detenimiento como puedes ver en la parte de abajo esixte mucho loro cosa por la que cada vez contesto menos en este foro

    Respondido el

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