Alta en la S.S. si no se gana el sueldo mínimo
Hola.
Últimamente estoy oyendo y leyendo que si no se gana el suelo mínimo interprofesional no hay porque darse de alta en la seguridad social.
Si esto es correcto y por ejemplo realizo un trabajo con una facturación de 400€ ¿No tengo obligación de darme de alta en la seguridad social?
A parte de eso si esto es cierto ¿Qué va por el valor de la factura o por la suma de distintas facturas? Es decir que si emito dos facturas de 400€ cada una el total ya suma 800€ y entonces ¿Tengo que darme de alta en la seguridad social?
Espero haberme explicado.
Gracias.
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A tenor de la normativa actual, la obligatoriedad de darse de alta en el RETA es independiente del nivel de ingresos y del tiempo dedicado a la actividad. Si se realiza una actividad profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, existe la obligatoriedad de darse de alta. Sin embargo existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que considera que una actividad es habitual si el ejercicio de dicha actividad permite percibir ingresos superiores al importe del SMI en cómputo anual
Puedes obtener más información en el siguiente enlace:
http://www.rbasesoria-madrid.com/blog/Respondido el 10 de julio de 2014
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