Consultas sobre Operaciones intracomunitarias.
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Alta ROI
Hola,
He solicitado el alta de nuestra S.L. en el ROI el 14 de enero. Aparentemente la aprobación puede tardar hasta tres meses. Me gustaría hacer unos pedidos ya (fuera de España) porque la fabricación de los productos tarda unos dos meses. Los proveedores piden un 50% del pago por adelantado. La factura se hará cuando el NIF intracomunitario ya estará aprobado. ¿Eso se puede hacer o no puedes hacer ningún pago hasta que el NIF IC está aprobado?
Gracias de antemano
Un saludoCreada el 23 de enero de 2021 -
ROi para vender a particulares en Europa.
Buenos dias,
Tengo una pequeña empresa de venta de materiales de construcción, y tengo un cliente en Alemania que me solicita material. Es un particular, no es empresa. Mi pregunta es si me tengo que dar de alta en el Roi. Se que le tengo que cobrar el iva español, 21%, pero es que estoy hecho un lio, pues en información de AEAT (teléfono) me comentan que al ser el cliente un particular, no es necesario el apuntarme al ROi, pero en la delegación de AEAT me dicen que es obligatorio. ¿ A quien hago caso?. Se que si mi cliente fuera una empresa si que tendría que darme de alta, pero esto es un pedido puntual y no creo que me dedique al mercado europeo. Si lo solicito, tengo entendido que tarda bastante, pero no puedo esperar tanto o pierdo el cliente. ¿Me podeis ayudar?. GraciasCreada el 7 de julio de 2016 -
EXPORTACIONES
Buenas tardes,
Hago productos textiles a mano y los voy a vender a clientes finales, he estado informandome sobre el tema de el IVA en las exportaciones... y veo que están exentas, hasta ahi todo bien.
He seguido informandome, y he leido que para que la operacion pueda estar exenta tengo que mandar el articulo rellenando el DUA. La cuestión es, que cada DUA cuesta 18,20€ (con correos)...
Podria mandarlo SIN DUA, y repercutir el iva en el articulo? porque creo que me saldra bastante mas barato! ya que no puedo repercutir esos 18,20€ + gastos de envio al cliente (teniendo en cuenta que el precio del articulo ronda los 20€ me parece una barbaridad que tengan que pagar eso, y si lo pago yo, no gano dinero...)
Alguien sabe como funciona esto?
gracias!Creada el 9 de febrero de 2016 -
ROI y Facturas rectificativas
Hola!
Me he dado de alta en el ROI (con efectos desde el día 23/01). Qué puedo hacer con unas 2-3 facturas que había emitido (unos días) antes de esa fecha a clientes comunitarios y que también están en el ROI? Puedo emitir facturas rectificativas? Y qué hay que incluir en ellas?
Muchísimas gracias!Creada el 9 de febrero de 2016 -
Factura Intracomunitar - ROI
Hola a todos!
Soy autónomo y ya me he dado de alta en el ROI (tengo NIF intracomunitario). Ahora, y como todos mis clientes son las grandes empresas informáticas como Apple, Google, etc y todas figuran en el ROI, estoy "diseñando" mis facturas :
http://postimg.org/image/5bnzj9yyv/
Le falta algo? Hay que poner algo como "operación no sujeta a IVA,..."?
Muchísimas gracias!Creada el 2 de febrero de 2016 -
Dudas sobre ROI y modelo 349
Hola:
Soy periodista freelance y trabajo como autónomo. Desde enero 2014 he estado facturando sin IVA a una empresa como sede fiscal en Irlanda, que está dada de alta en el VIES. Cuando en su momento consulté a mi gestor, me dijo que podía hacer las facturas sin IVA, al ser una operación intracomunitaria, pero no me explicó que yo debía estar también dado de alta en el ROI, ni que debía cumplimentar anualmente el modelo 349 (la suma de las facturas no alcanza los 15.000 euros anuales).
He estado revisando la información existente en la red y veo que debo solicitar el alta en el ROI mediante modelo 036, pero no sé cómo debería regularizar el tiempo que he estado facturando sin IVA careciendo de NIF IVA. En total han sido 19 facturas de 400 euros cada una, 12 de 2014 y 7 de lo que llevamos de 2015.
¿Si informo directamente a la Agencia Tributaria me enfrento a una sanción? ¿Qué pasos serían los más recomendables en mi caso? ¿Intento darme de alta en el ROI –en ese caso, ¿qué hago con las facturas siguientes mientras me confirman el alta–, facturo a partir de ahora añadiendo IVA…?
Os agradezco vuestra respuesta, la verdad es que estoy muy preocupado con el asunto, ya que ha sido una omisión por desconocimiento y por mal asesoramiento de mi gestor.
Saludos y graciasCreada el 4 de agosto de 2015 -
Recargo equivalencia operaciones Intracomunitarias
Buenos días:
Acabo de darme de alta de autónomo para la realización de dos actividades diferenciadas:
1. Ingeniero de Caminos
2. Venta minorista.
En el primer caso estoy sometido al régimen general de IVA, y en el segundo al régimen con recargo de equivalencia.
Me surgen varias dudas:
¿Qué debo hacer con todas aquellas facturas de gastos corrientes que me son aplicables a ambas actividades?. Combustible, telefonía, luz, material de oficina, etc.
¿Cómo funciona el recargo de equivalencia en el caso de operaciones intracomunitarias?
Dentro de los productos que vendo, un porcentaje importante son de elaboración propia, y por lo que he visto eso no entraría en régimen de recargo de equivalencia.
¿Qué se hace en casos como este en los que tienen un régimen general para una actividad y distintos regímenes para otra?
Espero haberme explicado bien.
Gracias de antemano por las respuestas.Creada el 8 de julio de 2015 -
Alta en el ROI (esperando después de 18 días)
Hola. Soy traductora autónoma y, hace 18 días, me di de alta con el modelo 036 en el ROI. He consultado en el VIES y no estoy de alta. Pedí cita previa en Hacienda y me personé con facturas de clientes intracomunitarios pendientes de emitir. TODOS mis clientes son intracomunitarios y no he podido facturar. ¿Qué puedo hacer? Gracias.
Creada el 25 de mayo de 2015 -
Facturas a empresas sin ROI
Buenos días. Me gustaría saber lo siguiente: si yo tengo número de ROI pero la empresa de la UE a la que facturo no lo tiene, le tengo que facturar el IVA. ¿Pero luego debo yo pagar ese IVA a la Agencia Tributaria o sólo debo informar de ello en el modelo 303? Muchas gracias.
Creada el 20 de abril de 2015 -
Requisitos renovación ROI
Buenos días,
Tengo el ROI desde hace cuatro años que fundamos la empresa, sólo hemos hecho facturas intracomunitarias en 2013. Hace unas semanas nos ha llegado una comunicación de la Agencia Tributaria en la que nos solicitan documentación para la renovación del mismo.
Entre la documentación que nos piden se encuentran: facturas y un contrato de arrendamiento del local. Nosotros tenemos una sede social pero no un local arrendado para nuestra actividad comercial ya que nuestras ventas son a través de teléfono y correo electrónico.
Me ha comentado una asesoría con la que he contactado que la Agencia Tributaria se ha puesto muy insistente con el tema de los contratos de arrendamiento aún no tengas una tienda física te obligan a tener un local…
¿Conocen alguna manera de justificar esto? Es decir que no necesitamos un local comercial para desempeñar nuestra actividad y que no somos una sociedad fraudulenta que al final es el objeto de este requerimiento de la Agencia Tributaria.
Cómo puede ser qué a un negocio que vende a través de internet le exijan tener un local es toda una contradicción. Gracias por su ayuda.Creada el 16 de abril de 2015