Consultas sobre Recargo de equivalencia.
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Recargo de Equivalencia
Hola buenos días, aún no me entero muy bien con esto del recargo de equivalencia.
Debo facturar con un 21% y añadirle un 5'2 es decir mi IVA total se quedaría en un 26'2%????? aplicado al precio de cada producto. Y después no hay que volver a incluir el 21% del IVA, verdad porque se supone ya va metido.
Espero haberme explicado, es que me habían dicho uqe debía sumar a los precios sin IVA el 26'2% por un lado y el 21% y me parece demasiado.
Muchas gracias y un saludoCreada el 2 de julio de 2015 -
Liquidar el Recargo de Equivalencia
Tengo un comercio de informática y estoy en Recargo de Equivalencia, con lo cual creo que solo puedo vender todo lo que me facturen mis proveedores con el consiguiente IVA y Recargo de Equivalencia.
Y mi pregunta es la siguiente:
¿Puedo vender algún producto que me hayan facturado sólo con IVA, y después liquidar el Recargo de Equivalencia, por ejemplo con el modelo 309 como se hace en las operaciones intracomunitarias?.
No se si me he explicado bien.
Digo esto ya que hay tiendas por Internet que te ofrecen productos muy buenos para vender, pero no te facturan con Recargo de Equivalencia, por lo cual creo que esos productos no los puedes revender.
GraciasCreada el 6 de mayo de 2015 -
Liquidar el Recargo de Equivalencia
Tengo un comercio de informática y estoy en Recargo de Equivalencia, con lo cual creo que solo puedo vender todo lo que me facturen mis proveedores con el consiguiente IVA y Recargo de Equivalencia.
Y mi pregunta es la siguiente:
¿Puedo vender algún producto que me hayan facturado sólo con IVA, y después liquidar el Recargo de Equivalencia, por ejemplo con el modelo 309 como se hace en las operaciones intracomunitarias?.
No se si me he explicado bien.
Digo esto ya que hay tiendas por Internet que te ofrecen productos muy buenos para vender, pero no te facturan con Recargo de Equivalencia, por lo cual creo que esos productos no los puedes revender.
GraciasCreada el 6 de mayo de 2015 -
Exento de iva pero y de recargo de equivalencia?
Hola, mi pregunta es sencilla a pesar de todo lo que se ha hablado respecto a este tema sin quedar clara esta cuestión
Soy autónoma, minorista, vendo teléfonos móviles, antes de hacerme el certificado de hacienda de la nueva normativa, mis proveedores me hacían factura con iva y recargo de equivalencia. Mi pregunta es, con el certificado de revendedor ya no me aplican el iva en mis facturas, pero deben seguir aplicándome el recargo de equivalencia ? o se eliminan los dos? GraciasCreada el 22 de abril de 2015 -
recargo de equivalencia
Hola a todos mi pregunta es la siguiente:
Estoy abriendo un pequeño supermercado de cien metros y quiero saber si puedo constituir una sociedad limitada en este tipo de negocio para así no pagar recargo de equivalenciaCreada el 18 de abril de 2015 -
Contabilizacion con el recargo de equivalencia
Acabo de abrir un pequeño comercio y recibo facturas de alquiler con IVA y retención. A la hora de contabilizarla en el libro registro de gastos, que importe he de indicar, la base, la base+iva o la base+iva-retencion.
Otra pregunta. Todas las facturas del arreglo y montaje de la tienda (Electricidad, Mobiliario, TPV, etc. me lo han facturado sin recargo, ya que no es para la venta. Ese IVA puedo recuperarlo?.
GraciasCreada el 28 de marzo de 2015 -
Recargo de Equivalencia y Régimen General
Buenos dias. Mi hermano y yo nos queremos montar dos negocios, serian dos páginas de venta online pero solo queremos dar de alta a una persona como autónomo para reducir gastos de SS y Gestoría. Mi negocio es venta minorista a particulares por lo tanto me han comentado que seria con RE pero el negocio de mi hermano es una web que vende articulos publicitarios a empresas (tarjetas de visita, folletos..). Para lo de mi hermano también seria RECARGO EQUIVALENCIA o como vende a empresas tiene que ser REGIMEN GENERAL?? Gracias!
Creada el 4 de febrero de 2015 -
Recargo de equivalencia o General.
Buenos días, voy a ser titular de una concesión de tabacos y timbre (estanco de toda la vida) Epígrafe 646.2 y además voy a tener dos actividades más, mayorista de ropa y complementos venta online Epigrafe 613. Y por último en el grupo 033 Cantantes. Deseo saber a que regimen de IVA debo acogerme puesto que el tabaco va a regimen de recargo, podría estar exento del Recargo de Equivalencia y establecerme en Regimen General simplificado?. La verdad es que es todo un lio, porque al tratar las actividades una a una parece todo claro, pero al querer hacerlas juntas es donde por no sé por donde empezar
Creada el 30 de enero de 2015 -
Dudas Est. objetiva en recargo de equivalencia
Buenas tardes a todos.
He abierto una pescadería (I.A.E.: 643.1) en estimación objetiva y en recargo de equivalencia
En ella trabajamos un empleado a media jornada y yo.
Según me han informado, además de realizar los correspondientes pagos a la Seg. Social
tengo que realizar y presentar los siguientes modelos:
1.- El 111 (trimestral) y el 190 (resumen anual) por tener personal contratado.
2.- El 347 (declaración anual de operaciones con terceros) si facturase mas de 3.005,06 euros a un cliente.
3.- El pago fraccionado 131 (trimestral).
4.- La declaración de la renta.
También me indicaron que tengo que guardar todas las facturas de compra, y guardar las facturas de venta numeradas por orden de fecha y agrupadas por trimestre.
Y Que toda esa documentación debo mantenerla y no tirarla durante 6 años.
Quisiera saber si ello es correcto o me faltaría algún modelo que presentar, y si tengo obligación de llevar algún tipo de libro registro.
Muchas gracias a todos de antemano.Creada el 29 de enero de 2015 -
Duda con recargo de equivalencia
Voy a montar una pequeña tienda de ropa y como he visto en infoautónomos, tengo claro que los comercios minoristas están oblidados al recargo de equivalencia y está exento de declarar IVA, pero un familiar tiene una tienda similar y efectivamente está exento pero cada trimestre presenta el modelo 303 marcando SIN ACTIVIDAD y también el 390.
¿Lo tendría que hacer yo también?Creada el 16 de enero de 2015