Consultas etiquetadas con "irpf".
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Modelo 184. ¿Estoy obligado?
Buenos días,
Tenía un SC en el 2015 con dos socios, uno trabajador, el otro capitalista. Resulta que me ha llegado un requerimiento de Hacienda diciendome que no presente el modelo 184 (declaración informativa anual).
Si nunca tuve ganancias, estoy obligado a presentar este modelo?
Muchas gracias.Creada el 23 de noviembre de 2016 -
Dudas IRPF y modelos 111, 190 y 347
Hola,
Soy un trabajador dado de alta del NIF por el modelo 037 en el epígrafe 015 (Operadores de cámara) en actividad Artísticas o deportivas desde el trimestre 2 de 2015
Dado que facturo trabajos puntuales y de bajos ingresos NO estoy dado de alta como AUTÓNOMO.
Realizo trimestralmente la autoliquidación del IVA 303 y el 390 anual, pero tengo la duda de qué modelos del IRPF debo presentar.
En mi alta del modelo 037 no aparece marcada la casilla de ALTA en: "Obligación de realizar retenciones o ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo personal (modelo 111)" ¿Por lo que deduzco que tampoco debería presentar el 190 anual?
Sin embargo recientemente un cliente al que he prestado un servicio me ha pedido junto con la factura un "Certificado de contratistas y subcontratistas" que me ha sido denegado constatando:
"Consultados los datos que obran en las bases de datos de la Agencia Tributaria para el solicitante arriba referenciado, no consta que haya presentado declaración o autoliquidación por los conceptos que se detallan a continuación:
MODELO: DECL. ANUAL DEL I.R.P.F.
Ejercicio: 2015
Periodo: 0A "
Y no me queda claro que modelo es el que me ha faltado por rellenar, ya que a fecha de hoy ni siquiera he recibido una notificación de sanción por la falta de tal declaración informativa. ¿Se trata de la 347?
Gracias por la ayudaCreada el 12 de noviembre de 2016 -
Alta y baja en RETA. Mantenimiento del IRPF 7 %
Buenas,
Me di de alta en RETA en mayo de 2015, acogiéndome a la llamada tarifa plana. Han pasado ya 18 meses y se han agotado las bonificaciones. Este mes he solicitado la baja, puesto que no tengo previsión de actividad hasta enero de 2017, en que, si todo va bien, podré volver a darme de alta. (Me resulta inviable mantener la cuota completa si no tengo ingresos). Mi pregunta es si, a partir de entonces, deberé aplicar el 15 % de IRPF (aunque no se hayan cumplido los tres años). Entiendo que al haber una baja de por medio, se anula la posibilidad de mantener el 7%. ¿Es así? Muchas gracias por vuestra ayuda.
Un saludo.Creada el 7 de noviembre de 2016 -
Retención de irpf
Hola, soy autónomo desde el mes pasado y tengo que presentar una factura a la empresa donde trabajo para que me paguen y no se si retener el 7% o el 15% de irpf... Que sería los más conveniente y por qué? No creo que llegue a los 20 mil bruto al año.
Muchas gracias de antemano.Creada el 3 de noviembre de 2016 -
Modelo 130 y casilla 600 del 036
Resumen de la pregunta:
- Este trimestre vencido cumplo los requisitos para no tener obligación de presentar el 130 (más del 70% de las facturas con retención - de hecho, no he emitido ninguna factura)
- Sin embargo en mi última modificación del 036 marqué la casilla 600, "obligación de realizar pagos fraccionados..."
=> ¿tengo que presentar el 130 para este vencido trimestre?
Más información:
- me di de alta con el 036 en enero, sin marcar la casilla 600 porque en el primer trimestre todas mis facturas fueron con retención (y lo sabía antes), por lo tanto no tenía que presentar el 130
- en abril presenté un 036 de modificación marcando la casilla 600 porque iba a emitir una factura sin retención, y así fue, con lo cual acabado el segundo trimestre presenté el 130
- en el tercer trimestre no he emitido ninguna factura (el 100% de 0 es 0, por lo tanto el 100% de mis facturas son con retención) con lo cual entiendo que a priori no estaría obligado a presentar el 130
- sin embargo no presenté en ningún momento un 036 dando de baja la casilla 600
- así que me pregunto si estoy obligado a presentar el 130 (a pesar de cumplir los requisitos para que no) por no haberme dado "de baja" de la casilla 600
¿A caso debo/puedo presentar un 036 de modificación (ahora que el tercer trimestre ya ha acabado) dando de baja la casilla 600, y así no presentar el 130 correspondiente al tercer trimestre?
¿O es demasiado tarde y debí presentar el 036 de modificación antes y ahora me toca presentar el 130 igualmente?
¿O no hace falta hacer nada y el 130 no es obligatorio, si cumples los requisitos, a pesar de estar dado de alta en la obligación de blablabla?
GraciasCreada el 11 de octubre de 2016 -
Contabilizar dias de baja IT en Módulos.
Hola,
Estoy de baja por enfermedad desde Agosto, en régimen de módulos como debo contabilizar los días de baja en el modelo 303 y 131, se restan proporcionalmente de las 1800 horas en este 3º trimestre, o solo en el 4º trimestre.
En la declaración de renta si creo que tengo que hacer el calculo proporcional del tiempo de baja para calcular lo correspondiente al personal no asalariado, y lo que cobre de la Seg. Soc. ponerlo como ingresos.
Es la primera vez que estoy de baja, y tengo dudas para poder rellenar el modelo 303 y 131.
Gracias.Creada el 11 de octubre de 2016 -
IRPF y deducción de IVA en autónomos
Hola,
Por favor, ¿podríais aclararme estos dos aspectos en cuanto a las deducciones para autónomos?
1) El % que se debe pagar como IRPF, ¿depende de los ingresos o del resultado/beneficios?
Veo las tablas según unos márgenes de ingresos al año, pero no sé si se aplican a ingresos o al resultado del ejercicio.
2) Cuando se habla de deducciones en el IRPF, ¿se refiere a que los gastos que realizamos para el ejercicio de nuestra actividad laboral, nos hacen ganar menos dinero y por tanto pagaremos menos IRPF?
3) Cuando se habla de devoluciones del IVA, ¿se refiere a que hacienda nos devuelve el IVA de los gastos que hacemos los autónomo para nuestra actividad laboral?
Muchas gracias por adelantado. Estoy empezando a aprender sobre estos temas pero me está costando más de lo que pensaba.
Un saludoCreada el 9 de octubre de 2016 -
He de aplicar en mis facturas el IRPF?
Estimados amigos, acabo de darme de alta de autónoma en el regimen de actividades 834/1 (servicios de propiedad inmobiliaria) como gestora de pisos de alquiler turístico, y he de hacer mi primera factura pero no tengo claro si es obligatorio incluir la retención del IRPF en cada factura, aparte de hacer luego la declaración en los modelos trimestrales 130 y 303, o no debo aplicarlo ahora y declaralo luego. No entiendo mucho el asunto.
espero vuestra ayuda!
Magdalena MuñozCreada el 28 de septiembre de 2016 -
Facturas nuevo autónomo
Buenos días,
Tengo varias dudas ya que acabo de darme de alta como autónomo, y la verdad siento que no tengo idea de nada.
Me he dado de alta como fotógrafa a día 1 de septiembre de 2016, se me presenta ahora la situación de emitir mis primeras facturas. Por un lado tengo una a un cliente, en España, un estudio de fotografía que me contrato para cubrir una boda, mi pregunta es, cuanto debo cobrar de IVA, esa porcentaje de IVA se carga sobre la base que me van a pagar? por ejemplo si son 100 lo que acordamos de pago, el total de la factura es de 121 Euros? Debo incluir el IRPF en la factura? como funciona el IRPF, es algo que también se añade al importe total de la factura? o es algo que la empresa que paga, en este caso el estudio de fotografia paga a hacienda por mi? en que casos no se incluye el IRPF?
La segunda factura que debo hacer es a un cliente intracomunitario, debo cobrar el IVA? debo cobrar el IRPF? quien es el encargada de ajustar cuentas con hacienda en lo relativo a esta operación?
En todo caso, una vez cobrado el IVA y añadido el IRPF, como los pago a hacienda. Cual es el procedimiento?
Muchas gracias!Creada el 21 de septiembre de 2016 -
El IRPF cuando colaboro con otros autónomos.
Hola a todos.
Mi duda es la siguiente:
Soy autónomo y nunca he necesitado colaboración con otros. Por lo que cuando me pagan el IRPF es mio.
Mi idea es "ampliar" mis servicios y para eso deberé colaborar con otros autónomos.
Ahora es donde surge mi duda. Si la empresa a la que le voy a hacer un proyecto me da 6.000 euros de presupuesto, yo no voy a ganar esos 6.000 ya que una parte es lo que me cobrará el colaborador. Pero tengo la sensación de que hacienda me va a cobrar el IRPF integro de esos 6.000 euros como si fueran todos para mi... ¿Es correcto?, ¿Entonces cómo hago saber a hacienda que no todo es para mi? y finalmente cuando reciba la factura del colaborador... ¿Supongo que me tengo que encargar de su IRPF y depositarlo en la Seguridad Social, verdad?
Espero que me puedan ayudar... que llevo un lío... no se si es mejor ponerme como S.L, aunque tampoco veo claras algunas cosas... pero eso ya es otro tema...
Muchas gracias.Creada el 9 de septiembre de 2016