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IRPF en facturas intracomunitarias
Llevo casi 2 años como autónoma y desde el principio estoy dada de alta en el VIES.
Mi duda es, cuando yo facturo a una empresa española, me acojo al 7% de IRPF en el primer año de actividad y los dos siguientes. O sea, que me retienen un 7%. Si no, pagaría un 15% de IRPF. ¿Por qué cuando facturo a una empresa dentro de la UE, en el modelo 130 me retienen un 20% de IRPF? ¿Por qué es más caro para el autónomo trabajar con empresas europeas que con empresas españolas? ¿Ese 5% me lo devuelven al hacer la declaración de hacienda o lo doy por perdido? Ya que estoy, también quería preguntar si el 7 o 15% que retenemos en cada factura es la retención final o si luego al hacer la declaración anual, sobre esos mismos ingresos nos retendrán más aún? En ese caso, ¿hasta qué porcentaje (según el tramo)?Creada el 30 de noviembre de 2016 -
Duda Modelo 303 y 130
Buenas tardes,
Tengo una tienda online de productos de ropa que utiliza como pasarela de pago Paypal, y a la hora de rellenar los modelos 303 y 130 me ha surgido una duda… voy a intentar representarla mediante un ejemplo para que quede más claro.
Supongamos que durante un trimestre solo se ha realizado una venta de 100€ (IVA incluido) + 5€ de gastos de envío (exentos de IVA), o sea que el cliente ha pagado 105€. Paypal por su parte por cada venta realizada a través de su pasarela de pago nos cobra una comisión de 1€ (exenta de IVA). Con este escenario me surgen las siguientes dudas:
Factura X
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Venta Producto Y: 100€
Base imponible: 82,64
IVA 21%: 17,36
Gastos de envío: 5€
Total Factura: 105€
Pasarela de pago
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Cobro de 105€ - 1€ de comisión = 104€ netos para la empresa
MODELO 303
1.- En el apartado de IVA devengado que base imponible se debe utilizar?
a) 82,64 (sin contar los gastos de envío, ya que estos están exentos de IVA)
b) 81,64 (sin contar los gastos de envío ni la comisión de Paypal, ya que ambos están exentos de IVA)
c) 86,77 (aplicando el 21% a los 105€ del total de la factura)
MODELO 130
2.- Los gastos de envío los cuales disponen de factura pero al 0% de IVA (exentos de IVA) se deben computar en el modelo 130 como Gastos fiscalmente deducibles?
3.- La comisión de Paypal que está exenta de IVA y NO dispone de factura, se puede deducir como Gasto fiscalmente deducible?
Muchas gracias.Creada el 17 de julio de 2016 -
Cuota de Autonomo en el modelo 130
Buenas tardes,
Al hacer la declaración del año 2014, en la gestoría me dijeron que se podía desgravar como gasto la cuota de autónomo, (en mi caso de 132,65 ya que me acogí a la tarifa plana). En que casilla lo tengo que poner? Se pone el total de la cuota más los gastos que me puedo desgravar?
Gracias
GraciasCreada el 15 de julio de 2015 -
Diseñadora Gráfica, 1ªtrimestre. Modelo 130.
Buenas! Soy diseñadora gráfica e ilustradora, trabajo desde casa y hasta ahora este es mi primer trimestre como autónoma. (solo llevo el mes de marzo) He emitido una única factura de diseño gráfico, en la cual he puesto el 21 de IVA y el 19 de IRPF a mi cliente, que es una Sociedad Limitada. Tengo 5 facturillas de gastos relacionados con la empresa, (tarjetas de visita, gasolina, libro de visita, etc). Tengo mis libros de gastos e ingresos listos. Ahora mi duda es:
Me dijeron que sólo tenía que presentar trimestralmente el IVA y que el IRPF que tenía que presentar es anual. Pero ahora no sé.
¿qué modelos deberé presentar trimestralmente? El 130 y el 303 o sólo el 303 o hay algo más que deba de hacer al trimestre?Creada el 31 de marzo de 2015 -
Modelo 130. Amortización meses anteriores
Hola,
En septiembre de 2013 compré un portatil que me costó 1098,35€.
Según las tablas de amortización para IRPF en estimación directa simplificada el equipamiento informático se puede amortizar un máximo de 10 años con un coeficiente lineal máximo de 26%.
Decidí amortizarlo durante 4 años al 25%, por lo que en el modelo 130 del 3T del 2013 incluí la parte proporcional, es decir 68,65€. Lo mismo hice en el 4T de 2013.
He estado revisando todas las facturas de gastos estos días para incluírlas en el 130 correspondiente a este trimestre (3T-2014) y me he dado cuenta de que los dos trimestres anteriores no he incluido la amortización del portatil en el modelo 130. Entonces, mi duda es qué debería hacer, si no incluirlo este trismetre tampoco e incluir en el último trimestre el total de la amortización correspondiente a este año (68,65€*4) o si "hacer como si lo hubiese incluído" y sumar lo de los trimestres anteriores.
Gracias por la ayudaCreada el 14 de octubre de 2014 -
Modelo 130 iniciando actividad en 2º trimestre
Hola!
Soy Fisioterapeuta Autónoma (epígrafe 836) desde Abril 2014, esta será mi primera declaración trimestral (mod. 130) y estoy un poco perdida.
Mi diferencia entre ingresos y gastos serían 3299€, luego mi 20% serían 659,80. Hasta ahí bien, pero a la hora de rellenar la casilla nº13 empiezan las dudas.
El rendimiento neto al año sería (como empiezo en 2T)
3x3299=9897
Y como está entre (8000-12000):
400-((9897-8000)x0,1)=210,3 sería la deducción anual
Y entonces 210,3/4=52,57 deducción en el 2T, es decir casilla nº13
No? sería así?
Y otra duda en la casilla nº16, se puede rellenar siempre, o hay que justificar de alguna manera que se destinan efectivamente cierta cantidad?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.Creada el 13 de julio de 2014
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