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  • Mantener SCP como no mercantil

    Hola a todos.
    Tenemos uns SCP desde hace 13 años, que se dedica a una gran variedad de cosas, siempre realacionas con el mundo audiovisual desde la creación artística para teatro, cine o museos hasta la consultoria, instalación y venta de los equipos.

    Como no nos podemos permitir pasar a ser una SL, habiamos pensado lo siguente: Mi socio que es quien se dedica basicamente a la parte de consultoria, instalación y venta de da de alta como autónomo para facturar las actividades "mercantiles" y mantenos la SCP exclusivamente para las intervenciones artísticas, pues según nos han informado en una gestoría, las actividades artísticas están exemptas del obligado cambio a IS al no ser actividades mercantiles.

    Tambien he encontrado un Catedratico de Derecho Tributario que expone:

    "5. Sin perjuicio de que la DGT deba de pronunciarse al respecto, si somos jurídicamente rigurosos llegaremos inexorablemente a la conclusión de que solo tienen encaje en la nueva LIS, esto es, deberán de tributar por el IS (salvo que, de acuerdo con la D.T. 32ª, los socios adopten el correspondiente acuerdo de disolución y liquidación durante el presente año 2015) las sociedades profesionales. En otras palabras, solo serán sujetos pasivos del IS las sociedades civiles (con objeto civil) que hayan sido inscritas en el Registro Mercantil."

    Que es nuestro caso.

    Nos interesa mantener la SCP basicamente por el contrato de arrendamiento del local, ya que si hacemos cualquier cambio en el contraro lo perdemos y el historico (bancos, proveedores, clientes, etc)

    ¿Es correcto lo que digo?
    ¿Qué código de actividad seria el correcto para no estar fuera de la nueva ley?

    Muchas gracias de antemano.

    is, lis, nueva-ley-sociedades, scp

    Creada el
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