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Pluriempleo y Cotización a la S.S.
Actualmente estoy trabajando y quiero hacerme autónomo tomando como base la mínima de cotización, por tanto, 884,40€. Está claro que para el cálculo de la cuota de autónomos tengo que aplicar un 26,50% (el tipo sin I.T., ya que lo estoy cotizando en el Régimen General), más un 0,10% (también estoy cotizando los A.T. y las E.P. en el Régimen General), lo que implica un total del 26,60%. En esa situación, ¿se recomienda solicitar la protección por cese de actividad? Si no me equivoco, se tendría que sumar un 2,20% más. Creo que no es necesario, pero me gustaría tenerlo un poco más claro.
Creada el 28 de febrero de 2015
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