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  • Providencia de Apremio de la SS

    En Abril de este año me di de alta de autonomo en Hacienda y SS. En el caso de la SS, al terminar el proceso recibi el siguiente mensaje:

    Sede Electronica
    SOLICITUD DE ALTA EN EL REGIMEN ESPECIAL AUTONOMOS (RETA)
    Las cuotas correspondientes a abril de 2013 se pasaran al cobro a su entidad financiera en el mes de mayo de 2013. En consecuencia, en el mes de mayo de 2013 se pasaran al cobro a su entidad financiera los meses de abril de 2013 y mayo de 2013. A partir de junio de 2013 se pasaran al cobro a su entidad financiera las cuotas correspondientes a una unica mensualidad

    En Mayo me di de baja, al dia siguiente recibi confirmacion en un SMS y me habia olvidado del tema hasta hace unos dias cuando recibi por correo certificado una Providencia de Apremio de la SS:

    Regimen de la SS: 0521 REG. ESP. AUTONOMOS
    Tipo documento: 03 REC. DEUDA CON BOLET.
    Periodo y naturaleza deldescubierto: 04/2013-04/2013 DESC. TOT. BAS. REALES

    Consulto los extractos bancarios de Mayo hasta la fecha y compruebo que no me cargaron en mi cuenta la cuota de la SS correspondiente al mes de Abril por razones que desconozco. No habria ningun problema si no fuera porque la providencia incluye un recargo del 20%

    - ¿Lo de "Tipo documento: 03 REC. DEUDA CON BOLET." se refiere a aquellos recibos que entregaban para pagar el primer mes cuando uno se daba de alta presencialmente en las oficinas de la SS?
    - ¿Deberia ir a la Oficina a preguntar o tengo que directamente presentar el Recurso de Alzada contra la Providencia de Apremio que se menciona en el documento?
    - ¿Tengo que pagar el recargo y luego esperar a que me ha hagan la devolucion si prospera el recurso?

    Saludos y gracias por cualquer ayuda

    providencia-apremio, ss

    Creada el
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