Consultas etiquetadas con "reta".
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Baja meses verano
Hola:
soy autónoma menor de 30 años, por lo que me ha sido aplicada la bonificación para autónomos jóvenes (la llamada tarifa plana de 50€).
Empecé en junio del 2013, así que a fecha de hoy estoy por mi mes 12.
Trabajo directamente para un empresa, y preveen que en los mese de verano, concretamente , julio y agosto, no va a haber mucho trabajo para mí. Quería saber si es posible darme de baja en el RETA esos dos meses para luego incorporarme en septiembre de nuevo. Y si también tengo que darme de baja en Hacienda.
Creo además, que al darme de alta luego en septiembre, ya cotizaría con la tarifa habitual, ¿cierto? (Es decir que no se me aplicaría la bonificación correspondiente a los meses 14 y 15).Creada el 16 de mayo de 2014 -
Trabajo por cuenta ajena, IAE y cooperativas
Buenos días,
Trabajo por cuenta ajena y estoy dado de alta en el IAE para realizar algún trabajo esporádico. Ahora, un cliente me exige que para poder pagar la factura debo estar constituido como empresa o ser autónomo y presentar toda la documentación. Al tratarse de un trabajo puntual y como ya trabajo por cuenta ajena no me planteo ninguna de las dos opciones, aunque me planteo la opción de realizar la facturación a través de una cooperativa de trabajo. Ellos me darían de alta en la SS por un día y la factura no será excesiva (menos de 600€). Teniendo en cuenta que trabajo por cuenta ajena y estoy dado de alta en el IAE para trabajos esporádicos... a efectos de declaración de la Renta me supondría un gran perjucio tener este nuevo pagador, aunque fuese por un solo día de SS?
Muchas gracias por adelantadoCreada el 2 de abril de 2014 -
RETA
cuando inscribirse en el RETA
Creada el 28 de febrero de 2014 -
Se me pasó el plazo de alta en el RETA
Me dí de alta en el IAE en septiembre despues de pedir la capitalización, la cosa es que pensaba que no podía darme de alta en el RETA hasta que hubiera resolución de la capitalización y entre una cosa y la otra se ha ido alargando. Cuando he ido a darme de alta en el RETA me encuentro con que he perdido la bonificación por ser menor de 30 años y que tengo que pagar las cuotas pasadas con recargo. ¿Hay alguna forma de anular el alta del iae inicial y realizar otro alta para evitar esto? Mi retraso no ha sido por mala fé sino por desconocimiento del plazo de alta en la seguridad social, creyendo que debía hacerlo cuando me dieran la resolución de la capitalización por el cruce de datos. Gracias!
Creada el 21 de diciembre de 2013 -
Fecha alta RETA
Quisiera empezar mi actividad el 1 de julio de 2013 (lunes), puedo ir a la Seguridad Social el viernes 28/06/13 y darme de alta con fecha de 1 de julio o me contará desde el 1 de junio?
GraciasCreada el 16 de junio de 2013 -
BONIFICACIÓN JÓVENES RETA
Hola quería saber que pasa si te acoges a la bonificación de 50€ durante 6 meses y te das de baja un mes y luego retomas al mes siguiente, dentro del periodo claro.
¿Pierdes ya esa bonificación? o te guardan aún que el mes de baja cuente dentro de los 6.Creada el 27 de mayo de 2013 -
Derecho al subsidio >55 años con Baja en autónomos
Buenos días, he cotizado + 26 años en el Régimen general SS y me planteo darme de Alta de Autonomo. Estoy en paro de larga duración cobrando subsidio > 55 años. Me informan que si paso > 2 años en el RETA y me doy de Baja, perdería el derecho a reanudar ese subsidio (????). Lo puedo entender para quién está cobrando la prestación por desempleo, pero no para un subsidio como éste. A la SS, le interesa más que me quede recibiendo un subsidio, que esté cotizando aunque sea como autónomo? No parece muy lógico para las arcas públicas, no?
Creada el 3 de marzo de 2013 -
Pago en efectivo en banco de recibo RETA
Buenos días:
Actualmente estoy en proceso de cambio de banco, e inclusive, me estoy planteando la posibilidad de prescindir totalmente del banco, ya que la mayoría de pagos puedo hacerlos mediante ingresos en cuenta, y los cobros a clientes puedo hacerlos cobrando en efectivo; evidentemente, he tenido una muy mala experiencia con el banco (y cliente del mismo desde hace más de 10 años, pero en fin, parece que ahora que la cosa está mal, quieren cobrar hasta por respirar al lado de la sucursal..).
El caso es que quería pagar el recibo de autónomos, en efectivo, en una entidad financiera cualquiera, mediante una carta de pago, de igual forma que se puede hacer cuando te envían un documento de cobro con recargo cuando se te olvida una cuota.
Según esto:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/TrabAutInfoGen2k9/Cuotas2k9Ingreso/index.htm
No es obligatorio tener una cuenta corriente para pagar el recibo del RETA;
"En cualquier entidad financiera autorizada para actuar como Oficina Recaudadora de la Seguridad Social, presentando el Recibo de liquidación de cotizaciones (RLC), que está a disposición de los trabajadores, en las Direcciones Provinciales y Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social. Documentos de cotización."
El caso es que, ¿de dónde se puede sacar el RLC? ¿No hay medio de descargarlo on line con certificado electrónico?; en la sede electrónica de la Seg-Social hay el procedimiento para la domiciliación, pero no lo hay para cambiar la forma de pago a pago mediante RLC en entidad financiera (al menos, yo no lo veo entre los servicios disponibles).
Muchas gracias y un saludo.Creada el 24 de enero de 2013 -
ejercicio privado de médico
Soy médico. Trabajo en el imsalud pero quiero poner una consulta para combinar. En el colegio de médicos me dicen que me tengo que dar de alta en RETA (y pagar 250 euros al mes). Calculo que no llegaré a sacar ni a 200 e mensuales ahora. ¿que puedo hacer?
Creada el 25 de noviembre de 2012 -
Duda en modelo de sociedad
Bueno, ahi va... Somos tres amigos funcionarios que hemos decidido sacarnos un sobresueldo los fines de semana haciendo de choferes.. Los beneficios son muy pequeños, tanto como las cuotas del dichoso reta... Dejandome los ojos leyendo por aqui y alla he sacado estas conclusiones:
- No queremos pagar la cuota de autonomos
- Nos gustaria montar una sociedad, por el tema de la imagen y tal, pero en todas tiene que haber alguien (administrador) dado de alta en el reta
-La unica solucion que se nos ocurre para que no se nos coman todos los exigues beneficios la cuota de autonomos es generar facuras con nuestro nif, dccon, cp.... debajo de un logo comercial y repercutiendo el IVA (dandonos de alta -baja cada finde semana con el modelo 37) para luego deducirlo cada uno como retribuciones dinerarias en nuestras declaraciones anuales de IRPF, ademas de declarar el IVA
Esto que describo es correcto? mejorable? real? Agradeceria comentaran y aclarasen mi enredada cabeza
GraciasCreada el 23 de noviembre de 2012