Modelo 115: Retenciones por arrendamiento

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Modelo 115 de retenciones por arrendamiento

El modelo 115 es la autoliquidación que tienen que realizar los empresarios, profesionales y sociedades, los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero,  para la presentación de la declaración trimestral de las retenciones por arrendamientos o subarrendamientos de inmuebles urbanos.

No hay que presentar éste modelo en los siguientes casos:

  • Cuando sean arrendamientos de vivienda de las empresas para sus empleados.
  • Cuando los arrendamientos no superen los 900 € anuales al mismo arrendados.
  • Cuando el arrendador acredite frente al arrendatario el cumplimiento de la obligación de tributar por alguno de los epígrafes del grupo 861 y no resulte cuota cero.
  • Cuando los rendimientos deriven de contratos de arrendamiento financiero.
  • Cuando las rentas se obtengan por entidades totalmente exentas.

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Contenido adicional 

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