Consultas a la comunidad
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LOPD-Auditoria
Sé que cualquier profesional que trabaje con datos personales está obligado a tener un informe de auditoria.La pregunta es, es obligado que éste informe lo haga un auditor especializado en LOPD o lo puede hacer el propio profesional, por otro lado dicho informe se ha de presentar ante la agencia española de protección de datos?. Muchas gracias
Creada el 24 de enero de 2013 -
Busco formas legales para vender
Muy buenas, soy completamente nuevo en esto, mi situación en el desempleo y pocas expectativas en salir de el me ha obligado a diseñar pequeños artículos para los turistas que visiten mi ciudad ( Sevilla). Se que no me va a dar grandes ingresos, pero para estar en mi casa sin hacer nada, prefiero buscarme las habichuelas por mi cuenta.
La cuestión es que para vender estos productos evidentemente no puedo permitirme alquilar un local ( mucho menos en el centro, que es la zona de turismo) entonces he pensado en la venta ambulante. Hasta este momento no hay problemas, la cuestión es, necesito empezar para ganar dinero y así poder darme de alta como autónomo, pero mientras tanto quería saber si hay alguna forma legal de vender mis productos sin riesgo a que me multen y/o me quiten la mercancía. Agradezco toda la información que pueda ser útil y ánimo a los españoles a que agudicen su ingenio para intentar conseguir esos ingresos que tanto se agradecen a final de mes. Un saludo.Creada el 24 de enero de 2013 -
existencias finales servicio de peluqueria
Referido al Epigrafe 9721 Servicios de peluqueria:
-¿Como puedo saber el cálculo de las existencias finales? Entiendo que Ef=Ei+Compr - Ventas. Pero qué valor adjudico a las ventas ya que la suma de ellas incluye la Prestación de Servicios y el autoconsumo que utilizo de los productos en esa prestación?
Gracias por sus aportaciones, un saludoCreada el 24 de enero de 2013 -
modelo 347
Hola, somos una C.B. en régimen de estimación directa simplificada, me gustaría saber si tenemos que presentar el mod. 347 y si el valor de 3005 € para saber si a un cliente hay que presentarlo es por el importe total o es por el importe sin IVA
Creada el 24 de enero de 2013 -
Pago en efectivo en banco de recibo RETA
Buenos días:
Actualmente estoy en proceso de cambio de banco, e inclusive, me estoy planteando la posibilidad de prescindir totalmente del banco, ya que la mayoría de pagos puedo hacerlos mediante ingresos en cuenta, y los cobros a clientes puedo hacerlos cobrando en efectivo; evidentemente, he tenido una muy mala experiencia con el banco (y cliente del mismo desde hace más de 10 años, pero en fin, parece que ahora que la cosa está mal, quieren cobrar hasta por respirar al lado de la sucursal..).
El caso es que quería pagar el recibo de autónomos, en efectivo, en una entidad financiera cualquiera, mediante una carta de pago, de igual forma que se puede hacer cuando te envían un documento de cobro con recargo cuando se te olvida una cuota.
Según esto:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/TrabAutInfoGen2k9/Cuotas2k9Ingreso/index.htm
No es obligatorio tener una cuenta corriente para pagar el recibo del RETA;
"En cualquier entidad financiera autorizada para actuar como Oficina Recaudadora de la Seguridad Social, presentando el Recibo de liquidación de cotizaciones (RLC), que está a disposición de los trabajadores, en las Direcciones Provinciales y Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social. Documentos de cotización."
El caso es que, ¿de dónde se puede sacar el RLC? ¿No hay medio de descargarlo on line con certificado electrónico?; en la sede electrónica de la Seg-Social hay el procedimiento para la domiciliación, pero no lo hay para cambiar la forma de pago a pago mediante RLC en entidad financiera (al menos, yo no lo veo entre los servicios disponibles).
Muchas gracias y un saludo.Creada el 24 de enero de 2013 -
IRPF Reducido para Autonomos nuevos
Buenas tardes, me gustaría que me solucionaran una duda. ¿En que ley aparece información sobre los requisitos para que el IRPF sea reducido?
Muchas gracias.Creada el 24 de enero de 2013 -
Base maxima cotizacion
Base máxima cotización
En junio del 2011 cumplí 50 años, por lo que en abril de ese mismo año había solicitado el cambio de base para empezar a cotizar por la máxima base a partir de julio de ese mismo año, como lo llevo haciendo hasta ahora. Con toda este cambio de normativa no se si estoy cotizando bien o no. ¿Alguien puede aclarármelo?. Gracias. NOTA : No se trata de las cantidades si no de si podía cambiar a la base máxima. Llevo mas de 25 años cotizando.
Es decir ¿Me estoy aplicando bien la base de cotización máxima?
GraciasCreada el 24 de enero de 2013 -
Duda presentación modelos Hacienda
Hola buenos dias. Me acabo de dar de alta como autonomo (carpintero) y no se si tengo que presentar algún modelo a final de enero (IVA o IRPF) correspondiente al 2012... Estoy de alta desde el 1 de enero de 2013. Muchas gracias y un saludo.
Creada el 24 de enero de 2013 -
Contabilizar capitalizacion por desempleo
Hola, soy autonomo y este año he recibido la capitalización por desempleo al 100%, no tengo muy claro como contabilizarla y si debo hacerlo o no dentro de la actividad. No se si es un ingreso personal y por tanto lo llevo a la declaracion de la renta o lo tengo que contabilizar como una subvencion de capital dentro de la actividad.
Muchas gracias por anticipado,Creada el 24 de enero de 2013 -
Dietas de autónomos
Hola.
Soy Autónomo (otros profesionales relacionados con servicios) siendo asesor técnico y coordinador de montajes y puestas en marcha.
El año pasado solo trabajé para una sola empresa (como el año anterior y el otro) que es Alemana y reside en Alemania. Esa empresa me contrata para hacer mi trabajo en Irán (en 2012 y anteriormente en Siria etc.).
Realmente soy un Autónomo dependiente (TRADE) no obstante no puedo registrar contrato alguno dado que la empresa esta en Alemania.
Según legislación Española para trabajos dependientes se puede desgravar hasta 91,35€/día,.
La empresa Alemana suele aceptar un cargo por dietas (que yo reflejo en las facturas) que se rige por unas listas de la Hacienda Alemana y que en el caso de Irá eran de 37€/día.
hacienda Española me realiza una inspección y no acepta desgravar los 37€/diarios. No acepta tiques de cafeterías de aeropuertos. No se aceptan gastos de terapeutas (Quiropráctico para poder mantener la Salud física y estar en disposición de trabajar sin tener que darme de baja médica). No se aceptan ni comidas, ni atenciones al cliente (vienen a Tenerife algunas personas de la empresa Alemana que yo suelo invitar por ser determinantes en la consecución de mas proyectos relacionados a darme trabajo). Ni gastos de carburante (dado que no es un coche tipo camioneta si no uno normal).
La pregunta es: ¿ Podría yo como autónomo dependiente de esa sola empresa (sin estar registrado como Trade pero confirmando con las facturas que todos los ingresos pertenecen a esa sola empresa) pedir que se acepten como mínimo las dietas que constan en factura? (mejor sería si podría pedir se aceptasen los 91,35€ aunque estos no están reflejados en la factura como dietas)..
Les estaría enormemente agradecidos si me pudiesen orientar al respecto ya que debo responder a hacienda esta semana.
(Según he podido recopilar, si en vez de ser Autónomo yo estuviese trabajando como expatriado la Hacienda Española me reconocería 60.100€ anuales como libres de impuesto por trabajar para una empresa no residente y fuera de España).
Saludos
José AlejandroCreada el 24 de enero de 2013