desgravar facturas de casa

Hola, mi mujer y yo hemos iniciado una nueva empresa, s.c.p. trabajamos en nuestra casa, hacemos montajes electrónicos. Tengo una duda respecto a lo que podemos desgravar, ¿es necesario que las facturas de luz, teléfono, etc. estén a nombre de la empresa? todas las facturas de casa llegan a nuestro nombre, debemos cambiar la titularidad con el nuevo NIF de la empresa para poder desgravar?

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  • Para que la sociedad pueda desgravar las facturas debe estar a su nombre las facturas en cuanto a la factura de la luz lo veo bastante dificil el pode deducirlo.
    Te recomiendo leer esta entrada de mi blog
    http://asesoriaonlineajc.com/puedo-deducir-como-gasto-mi-vivienda/

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  • Hola,

    Tal y como te comenta Candas, para poder deducir el requisito principal debe de estar a nombre de la Sociedad Civil las facturas.

    Ahora bien, como ambos estais dados de alta individualmente en el epígrafe, podeis deducir esos gastos a titulo personal.

    Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis.

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  • Están dados de alta como comuneros o participes que seria la palabra correcta yo no tengo tan claro que hacienda no desarrollando tu la actividad, una cosa es la cuota de autónomos y otra los gastos de la actividad y aquí la actividad quien la desarrolla es una sociedad civil por lo que poder deducirte esas facturas se hace bastante difícil por no decir imposible maxime cuando en las consultas vinculantes que te he indicado los suministros como la luz por ejemplo no serian deducibles y el telefono a regañadientes ahora hacienda en muchos casos lo suele permitir si esta bien justificado pero si a esto le añades de que la factura esta a nombre del socio y no de la sociedad civil un 99,99% de posibilidades es que te la echen para atrás en fin cada uno sabe lo que hace y deja de hacer

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  • No iba por la parte de suministros electrícos, agua.. que hay es más dificil, pero por ejemplo móvil, teléfono...

    El otro día tuve una inspección de un cliente y me lo dieron por válido, directamente no preguntaron nada.

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  • En el modelo 036 hemos declarado que el 50% de la vivienda está destinado a la actividad, ¿esto no quiere decir que puedo declarar un 50% de todas las facturas aunque estén a nuestro nombre particular? cómo autónomo no tenía ningún problema, pero al hacer una s.c.p. no tengo claro si debo cambiar el titular de las facturas.

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  • Esto es lo que opina hacienda

    "Por otra parte, y en lo que se refiere a la posible deducibilidad de las facturas de agua, luz y gas derivadas de los suministros contratados en la vivienda, del mismo artículo 95 de la Ley del Impuesto se deriva que, cuando el sujeto pasivo adquiere un bien o servicio que no afecta directa y exclusivamente a su actividad empresarial o profesional, las cuotas soportadas no podrán ser deducidas en ninguna medida ni cuantía, salvo que se trate de bienes de inversión, en cuyo supuesto la afectación parcial de tales bienes permitirá la deducción parcial de las cuotas soportadas conforme a las reglas establecidas en el artículo 95 de la Ley 37/1992."

    De todas formas afectar un 50% de tu vivienda a tu actividad me parece bastante exagerado un 10% o un 15% lo veo aceptable.

    Si a lo expresado entre comillas ya coges y ademas desarrollando la actividad la sociedad como es el caso le añadimos que las facturas están a vuestro nombre y no al de la sociedad pues si al inspector no lo acepta esta en su derecho, ahora bien nunca pasa nada hasta que pasa pero viendo los tiempos que corren yo me andaría con bastante ojo en lo que incluyo en mis declaraciones.




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  • Bueno creo que decir que un 50% te parece exagerado y cómo mucho debería ser un 10% o un 15% es no tener ni idea de la actividad que estoy haciendo. Mi casa tiene un garaje/local de 100m2 y la vivienda otros 100m2. El local lo tengo lleno de estanterías y mesas con material para mi actividad profesional, maquinaria (algunas son hornos de calor que multiplican mi consumo doméstico X5). he tenido que cambiar la potencia contratada a 8,8Kw. Luego en la planta de arriba una de las habitaciones la tengo destinada a oficina. Te aseguro que mis facturas de consumo no han aumentado un 10 o un 15%, puedo demostrar que mis facturas han engordado el triple. Ya sé que lo más fácil es llamar a las compañías y cambiar la titularidad de los suministros de energía, agua, teléfono, etc. y me quito de posibles problemas, sólo quería saber si es necesario o estando a nombre del administrador era suficiente.

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  • Haber cuando contestamos en un foro lo hacemos con los datos que nos dais que normalmente suelen ser pocos si en tu perfil pones electrónica de consumo pues dentro de la electronica de consumo hay muchas actividades .
    Ahora bien si me dices que tienes un local/garaje habilitado que usas exclusivamente para la actividad y demás la cosa cambia ya que entre otras cosas se podrian hacer fotos y aportar otros medios de prueba de cara hacienda.

    Yo mas que cambiar la titularidad lo cual es totalmente necesario pues la actividad la realiza la sociedad civil e intentar deducirlas con tu nombre te puede ocasionar problemas pues no eres tu quien realiza la actividad sino la sociedad, lo que intentaria que no se si es posible por que no entiendo de electronica aunque si me imagino con lo que me cuentas que tu consumo habrá subido es que te pudieran separar en dos facturas tu vivienda del garaje que usas para realizar la actividad y deducirte las del garaje en su totalidad

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  • Si que se podría hacer, pero tendría que hacer una acometida nueva de LUZ, con un nuevo contador que pondrá la suministradora, hacer boletín nuevo... es decir separar las instalaciones y poner un nuevo contador.

    Le puede salir sobre unos 250-300€ entre Boletín del Electricista, Honorarios del Electricista y la suministradora... además aquí no contamos que haga falta mejorar la actual instalación, instalar un cuadro de autómaticos nuevo con su protección, diferencial y magnetotérmicos, cuadro de fusibles.. en fín que para separar en dos la instalación no se hace con una llamada, yo he tenido que hacerlo con algún cliente y es un trámite caro y largo.

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  • Poner otro contador me sale muy caro y hay que cambiar instalación, hacer de nuevo revisiones, etc. tal cómo has comentado. Al final lo cambiaré todo a nombre de la empresa y me quito de posibles problemas, gracias a los dos por la ayuda.

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  • Ah por cierto se me olvidaba, el coche lo tengo a mi nombre, pero lo uso de forma intensiva en mi actividad, perfectamente puedo gastar 200-300€ de gasoil al mes, la gasolinera me emite la factura a nombre de la sociedad sin problemas, pero el coche está a mi nombre, es necesario que también ponga el coche a nombre de la empresa?

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  • Hola,

    Haber volvemos a lo de antes, lo suyo sería que tuviese contadores independientes, ahora bien si no quieres o no puedes, pon un contador tu por tu cuenta en la línea aun que no sea oficial, es decir, de los cables que te bajen al garaje pon un contador independiente y luego la factura la prorrateas, es decir si tiene 145kw consumidos repartes el precio de la factura entre 145kw y luego lo multiplicas por el consumo que te tengas ese mes según el segundo contador que tengas, es una chapuza pero al inspector le servíra por que vera buena fe y por que realmente hay otro contador,

    Es lo que se me acaba de ocurrir ahora, igualmente si puedes, mejor el contador a nombre de la empresa, además recuerda no incluir el 100% de la factura si no la parte proporcional.

    El coche lo mismo, a nombre de la empresa para deducir esos gastos.

    Saludos.

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  • Lo del coche salvo que tengas dos o se vea muy clara su utilización que no sabemos cual sera tu actividad concreta dependerá de la permisibilidad del inspector ya que de acuerdo al IRPF no seria deducible

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