Gtos deducibles
Hola, quería que me aclaraseis que gastos me puedo deducir como autonomo TRADE. Si voy todos los días a la oficina pasando por un peaje... Puedo deducir la gasolina, el peaje, las revisiones del coche? Y si como todos los días cerca de la oficina? Que mas me podría deducir?
Gracias por vuestra ayuda.
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En general, si el vehiculo es un turismo, y no es totalmente necesario para la actividad (taxista, por ejemplo), los gastos inherentes al mismo no son deducibles en el IRPF, aunque sí lo sería el 50% de estas cantidades en la declaración del IVA. Respecto a las comidas, si están correctamente reflejadas en factura (no ticket) y supongan una cantidad razonable y justificable, si podrían deducirse.
En general son deducibles las partidas necesarias para el desarrollo de la actividad profesional, si por ejemplo el teléfono móvil lo es, podría incluirse.
SaludosRespondido el 26 de marzo de 2012
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