Mod 347

Buenos dias
Estoy cumplimentando el Mod. 347 y tengo una duda. que os agradecería me pudierais aclarar: Si tengo emitida una factura BI 100 + IVA, 18 - IRPF 15 ¿Cual es el importe que debo reflejar en el Mod 347, 100; 118 o 103?
Espero vuestra ayuda. Muchas gracias

Creada el
  • Buenas tardes,

    Las operaciones que ya se hayan reflejado en otro modelo de resumen anual por llevar retención, el 190 en el caso de actividades profesionales, no tienen que reflejarse en el modelo 347.

    Saludos

    Respondido el

  • Muchas gracias jsi por tu pronta respuesta. Pero, el 190 es mi cliente el que lo declara como retenedor, no yo. En este caso, debo entender que yo tendría que declarar la BI + IVA ¿no?

    Respondido el

  • No, no tienes porqué declararlo en el 347, Hacienda ya dispone de esa información a través de las declaraciones de tus clientes (En cualquier caso, si aún así, quieres incluirlo en el modelo, BI+IVA).

    Respondido el

  • Pues no. Si no es necesario, para qué tanta información? Ya saben en la AT demasiadas cosas sobre nosotros como para que encima les vayamos dando facilidades.. Muchas gracias jsi.

    Respondido el

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