347 por compra de vehiculo
Buenos días, soy autónomo en estimación directa simplificada, el año pasado adquirí un vehículo y me desgravé el 50% de IVA correspondiente, reflejándolo en los modelos 303 y 390. Todas las facturas que emito llevan retención y no he superado con ningún proveedor los 3005€. Mi pregunta es si debo presentar el modelo 347 por la compra del vehículo a pesar de estar ya recogido como bien de inversión en 303 y 390 y no ser desgravable en el IRPF?
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Buenas, debes presentar el 347 por esa operación. Y no hagas como otros que ponen en el 347 el 50% de la factura, debes poner el total de la factura aunque solo te hayas deducido el 50 % de IVA.
Un abrazo.
Francisco J. Sánchez
informació[email protected]Respondido el 17 de febrero de 2015
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Correcto, tienes que poner el TOTAL de la factura en el 347.
Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.Respondido el 18 de febrero de 2015
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Hola,
Te recomiendo esta página, en general he podido ver que funciona muy bien para responder cuestiones legales. www.iurisweb.es/qa
Un saludo,Respondido el 20 de febrero de 2015
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