Facturacion TRADE

Hola recientemente voy a pasar a formar parte del colectivo TRADE. He visto los modelos de contrato a firmar por cliente y autonomo, en los cuales debe reflejarse la contraprestación económica. En el caso de que no haya una misma cantidad en la facturación meses consecutivos, ¿sería conveniente fijar en el contrato la remuneración por hora, y así dejar margen en el cobro? ya que se si se estipula una mensualidad, el cliente esta obligado a ese pago aun habiendo facturado menos el trade

Creada el
  • Hola Álvaro,

    Según el modelo de contrato que aparece en el Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero (lo puedes consultar en el BOE o tecleándolo en el buscador de Google), tenéis que fijar el importe que recibirás por toda la actividad y las horas máximas que vas a hacer diarias/semanales/mensuales, y cómo las vas a distribuir.

    El decreto no habla de una remuneración por horas. La ley sólo exige que señales cuántas horas máximas vas a trabajar (al día, al mes o al año) y el importe que vas a recibir por tu actividad. Si el importe lo quieres fijar por horas y tu cliente está de acuerdo, lo podéis hacer así.

    Un saludo,
    Javier López
    Debitoor.es

    Respondido el

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