Es posible desgravar en estimación objetiva?

Tengo una pescadería en un Mercado Municipal (sin local alquilado, solo tasa municipal trimestral) y en régimen de Estimación objetiva en recargo de equivalencia.
He realizado ya el módulo del primer trimestre, y ahora voy a adquirir una furgoneta para uso exclusivo de transporte de pescado (isotermo y asientos de conductor y copiloto). Cuando haga el módulo del siguiente trimestre incluiré ya la furgoneta.

Mi pregunta es
¿Puedo desgravar de alguna manera la compra de la furgoneta?

Muchas gracias de antemano.

Creada el
  • Buenos días, efectivamente, podrás desgravarte la furgoneta, amortizando dicho bien según las tablas pertinentes. Para más información, puedes ponerte en contacto con nosotros por correo privado. Un saludo.

    Respondido el

  • 1
Volver