Continuidad del negocio tras fallecimiento

Buenos días. Me gustaría que alguien me resolviera esta duda. Autónomo. Durante 1 año tramita todo el papeleo necesario para abrir una explotación ganadera ( número de registro sanitario, etc,etc). Comienza la explotación. Unos años más tarde fallece. ¿Se pierde automáticamente la vigencia de todos aquellos permisos, registro sanitario, veterinarios, etc vinculados a su persona, de manera que al día siguiente del fallecimiento ya no se pueda vender el ganado, los huevos...? ¿O la ley da un plazo para que alguien -la mujer, un hijo, un hermano- pueda arreglar los papeles y continuar el negocio sin la obligatoriedad del cierre drástico? Muchas gracias

Creada el
  • Buenos días, se presupone que cuando una persona fallece, salvo voluntad expresa de esta antes del fallecimiento, pasa a la mujer y despues a los hijos.

    Hace falta también la apertura del testamento.

    Respondido el

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