Duda modelo 347
Compré una furgoneta con isotermo para uso exclusivo del negocio (solo asientos delanteros). ¿Esta operación tengo que reflejarla en el modelo 347?
Estoy en estimación objetiva. Como bien de inversión ¿puedo desgravar algo? ¿Como devería hacerlo?
-
Hola,
Si, es una compra superior a 3.000 por lo que debes de llevarlo al 347, además si estas en régimen simplificado, puedes deducir las cuotas soportadas, junto con el bien de inversión de cara al IRPF.
Si necesitas ayuda: [email protected], también puedes ver mis datos de contacto en mi perfil. Asesoría Fiscal Laboral y Contable Online, alta de autónomos gratis, gestión integral para autónomos.
También puedes encontrar información, articulos,.. en http://www.asesoriagrg.es/index.php/blogRespondido el 7 de febrero de 2016
- 1