¿Qué me aconsejáis en este caso?

buenos días y gracias por darnos la oportunidad de consultar nuestras dudas como novatos.
Me plantean un 'negocio' que consiste en ofrecer los productos de un catálogo, luego pedirlos a Inglaterra, y al recibirlos en mi casa, (y con factura a mi nombre), llevarlos al cliente y cobrar.
Los productos son básicamente para el hogar y de importes no superiores a €50 c/u. Al cliente se le deja como comprobante la hoja de pedido en la que figura el total sin desglose de IVA.
El beneficio sería el que me dejaría la diferencia entre el precio del catálogo y el precio al que esta empresa me facturaría a mi.
Dependiendo del volumen de ventas también me ingresarían un dinero en cuenta, en concepto de bono.
Y aquí comienzan mis dudas:
1. ¿Tengo que darme de alta en Autónomos?
2. Si la respuesta es si ¿es el IAE 665, (actividad comercial fuera de establecimiento permanente), el correcto?
3. ¿o el de Agente Comercial, IAE 2511?
4. ¿Tengo yo que darle factura al cliente final?
5. ¿Qué tengo que hacer respecto al IVA?
6. Me dicen que al venir los productos de Inglaterra no tienen IVA, ¿es cierto?
7. ¿Y qué tengo que hacer respecto al IRPF?
8. ¿cómo debo tratar esos bonos ingresados en mi cuenta bancaria?

Muchas gracias de antemano por su aclaración.

Atentamente,

Jorge

Creada el
  • Lo que cuentas huele a Marketing Multi Nivel o venta directa. En estos casos, creo que si no llegas al SMI no te obligan a darte de alta en RETA ni en SS. Pregúntalo en algún sitio, tipo OCU o si tu seguro de coche tiene asesoría lega, fiscal, etc. Puedes preguntar aquí pero te contestaran gestorías ofreciéndote que te lo lleven ellos.

    Los productos que vienen de otro país e EU, SÍ llevan IVA. Van sin IVA si estás dado de alta en operaciones intracomunitarias y ellos lo pueden comprobar en VIES. Si la relación es B2C, el producto lleva el IVA, venga del país que venga.

    Los bonos van a empezar por pocos euros, así que nadie se va a enterar.

    Lo mejor que puedes hacer es preguntar primero a la empresa.

    Respondido el

  • Muchas gracias por tu respuesta.
    Efectivamente es Venta Directa y consulté en Hacienda y me dicen que:
    * en principio lo consideran como si fuesen ventas entre particulares, estilo eBay o Wallapop.
    * al ser una actividad esporádica y de montos relativamente bajos no hay que hacer nada y ellos no intervienen.
    * no existe obligación de dar factura al cliente.

    Otra cosa es si el 'negocio' prospera y los montos suben notoriamente.

    Respecto a la empresa su opinión es que cada cual es responsable de aclarar su situación fiscal de acuerdo a sus circunstancias. Resumiendo ellos cumplen facturándome a mi en este caso.

    Espero que esta información le pueda servir a otros, ya que efectivamente he recibido muchos ofrecimientos para 'aconsejarme' a cambio de pagar.

    Felices fiestas y lo mejor para 2017

    Respondido el

  • "...efectivamente he recibido muchos ofrecimientos..."

    A ver, cuantos? Que me ha picado la curiosidad :)

    Este sitio cada vez es peor. Y lo digo siendo uno de los primerísimos por aquí.

    Respondido el

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