IRPF

Hola a todos,

Soy autónomo en estimación directa simplificada, y me he encontrado en una revista financiera el siguiente articulo:

¿Trabajas fuera? Puedes ahorrar hasta 60.100 euros
La crisis económica ha llevado a muchas empresas españolas a salir al extranjero y exportar sus servicios para poder seguir con su actividad, lo que tiene ventajas fiscales para el personal desplazado. En este sentido, los Técnicos recuerdan que los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero por estos contribuyentes están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales.
Eso sí, se podrá aplicar esta deducción siempre y cuando en el territorio en el que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Además, esta exención solo está destinada a desplazamientos temporales, ya que si el contribuyente es residente de otro país ya no tributaría en España.

La empresa esta radicada en Estados Unidos. ¿Estarían los rendimientos que tengo exentos de tributación (son inferiores a 60100 euros anuales)?

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